Decreto Nº 504-04. Decreto que Concede Incorporacion a la Fundacion PRO-EDUCACION y Desarrollo de la Provincia Samana

Número de registro3342530
Fecha de disposición07 Junio 2004
Fecha de publicación01 Enero 2004
Número de Decreto504-04
Número de Gaceta10279
-77-
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
DE
CRE
T
0:
ARTICULO
1.-
Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes
asociaciones:
1.- FUNDACION PATRIOTICA CULTURAL
V
REPUBLICA, que tiene
su
domicilio en Santo Domingo de Guzmin, D.N., cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de febrero del
2004.
2.- FUNDACION ECOLOGICA BUTEO, que tiene
su
domicilio en Santo
Domingo de Guzmin, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 25 de febrero del 2004.
ARTICULO
2.-
Dichas incorporaciones seran efectivas tan pronto como las
indicadas asociaciones realicen el deposit0 y la publicacion a que se refiere el Articulo 4 de
la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un
beneficio pecuniario.
ARTICULO
3.-
Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
DADO
en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s siete
(7)
dias del mes de junio del aiio dos mil
cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No.
504-04
que concede incorporacion a la Fundacion Pro-Educacion
y
Desarrollo de la provincia Samana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:
504-04

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