Decreto Nº 59-05. Decreto que Establece el Reglamento sobre Promocion de la Salud.

Fecha de publicación01 Enero 2005
Número de Decreto59-05
Número de registro3345405
Fecha de disposición10 Febrero 2005
EmisorCONSEJO NACIONAL DE SALUD (CNS).
Número de Gaceta10314
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Tabla 4. factor de simultaneidad entre fluxores
Tabla 5. dimensiones y caracteristicas de las acometidas
Tabla 6. diimetro de una acometida contra incendios
Tabla
7.
longitudes maximas admisibles del conjunto de medida
ANEXO XV. ROTULOS INDICATIVOS DE POTABILIDAD
Y
NO
POTABILIDAD DEL AGUA
ANEXO XVI. PROBLEMAS
Y
CAUSAS DEL AGUA NO APTA PARA
EL CONSUMO HUMAN0
Articulo 129. Enviese a la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social,
a1 Consejo Nacional de Salud y a la Comisihn Ejecutiva para la Reforma del Sector Salud,
para 10s fines correspondientes,
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a1 primer (ler.) dia del mes de febrero del aiio dos mil
cinco (2005); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No. 59-05 que establece el Reglamento sobre Promocion de la Salud.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 59-05
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con 10s terminos de la
Constitucihn de la Republica, la finalidad fundamental del Estado consiste en la proteccihn
efectiva de 10s derechos de las personas y el sosten que le garanticen 10s recursos para
alcanzar un estado de felicidad plena, dentro de un ambiente de libertad individual, justicia
social y desarrollo humano, compatible con el orden publico, el bienestar general y 10s
derechos de todos.
CONSIDERANDO: Que la Constitucihn y las leyes de la Republica le
confieren a1 Estado dominicano la responsabilidad de fomentar una salud colectiva e
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individual armhnica,
asi
como el desarrollo gradual de la Seguridad Social, de forma tal que
cada persona tenga una adecuada promocihn de salud, proteccihn contra la enfermedad, la
incapacidad y la vejez, garantizando una mejoria en la alimentacihn, en 10s servicios
sanitarios y condiciones ambientales, y procurar 10s medios para la prevencihn y el
tratamiento de las enfermedades epidemicas.
CONSIDERANDO:
Que la Republica Dominicana se encuentra en un
proceso de Reforma del Sector Salud en el marco de la Ley General de Salud
No.42-01,
del
8
de marzo
2001
y la Ley del Sistema Dominicano de Seguridad Social
No.87-01,
del
9
de
mayo del
2001,
y que ambas leyes privilegian las acciones de Promocihn de la Salud como
la herramienta fundamental para mejorar la situacihn sanitaria nacional y 10s indicadores
bisicos de salud.
CONSIDERANDO:
Que tanto la Ley General de Salud
No.42-01,
del
8
de
marzo
2001,
como la Ley del Sistema Dominicano de Seguridad Social
No.87-01,
del
9
de
mayo del
2001,
reconocen la funcihn de Rectoria de la Secretaria de Estado de Salud
Publica y Asistencia Social (SESPAS), y por consiguiente,
su
responsabilidad de dirigir,
regular y normatizar la Promocihn de la Salud, que es una de
sus
funciones esenciales, la
cual requiere de la definicihn de procesos, fortalecimiento institucional y apoyo estructural
para
su
desarrollo.
CONSIDERANDO:
Que la Promocihn de la Salud es una de las lineas
prioritarias en la Politica de Salud del Estado, ademas de ser uno de 10s pilares para
sostener el modelo sanitario planteado en la Ley General de Salud
No.42-01
del
8
de marzo
2001
y en la Ley del Sistema Dominicano de Seguridad Social
No.87-01
del
9
de mayo del
2001,
como garantia de un mejor y mas eficiente Sistema Nacional de Salud
(SNS).
CONSIDERANDO:
Que la Promocihn de la Salud, en concordancia con la
carta de Ottawa, de la cual el pais es signatario, tiene que ver con la reorientacihn de 10s
Servicios de Salud, efectivamente diseiiados en la Ley General de Salud
No.42-01
del
8
de
marzo
2001
y en la Ley del Sistema Dominicano de Seguridad Social
No.87-01
del
9
de
mayo del
2001,
asi como con el fortalecimiento de las habilidades y capacidades de las
personas en el cuidado de
su
salud.
CONSIDERANDO:
Que promover la salud es ir mas alla del cuidado de la
misma y que esta ha de formar parte de la agenda de todas las instancias responsables de
garantizar la movilizacihn social y de elaborar y aplicar las politicas publicas saludables.
CONSIDERANDO:
Que la promocihn de la salud implica el
involucramiento de todos 10s sectores de la sociedad, el compromiso local y nacional, de las
instituciones publicas y de la sociedad civil para garantizar a la poblacihn 10s medios
necesarios para lograr un estilo de vida sano y mejorar
su
salud.
CONSIDERANDO:
Que es la Promocihn de la Salud una de las funciones
esenciales de la Salud Publica, y que, por tanto, debe ser una de
sus
prioridades en todos 10s

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