Decreto Nº 6336. Decreto que Jubila a la Profesora Mercedes Linda Fiallo de Paulino

Fecha de disposición31 Enero 1950
Fecha de publicación01 Enero 1950
Número de Decreto6336
Número de registro3281452
Número de Gaceta7078
100
COLECCION DE LEYES, DECRETOS
&.-lS48
Dado en el Palacio Nacional de Santo Doming0
h
10s
who
dias del mes de Julio de
18418,
y
59.
de la Patria.Pantana.-Ee-
frendado: el Ministrol ISecretario de Estado en
10s
Despachos
de
Hacienda
y
Comercio.-Dr. Caminero.
N6m. 157.-LEJY sobre la organizacion de la conservacion
de hipotecas.
Dios, Patria
y
Libertad.-Reptiblica
Dominicans.-El
Tri-
bunado, usando de su iniciativa, pr6via la declaratoria de urgen-
cia, ha dado la siguiente
ley:
TITULO
PRIMERO.
De la conservacion de hipoteca.
CAPITULO I.-Disposicion general.
.
-.1.
Art.
19.
La
conservacion de hipotecas
se
confiard especial-
mente en la Capital, al secretario de la Suprema Corte de Justi-
cia;
y
en Santialgo
de
10s
Caballeros, a1
64
Tribunal de apelacion,
segun las formas que mas adelante se determinen.
CAPITULO 11.-Establecimiento de
10s
despachos
de hipotecasl.
Art.
29.
Habri una oficina de conservalcion de hipotecas en
cada distrito judicial sefialado por
b
ley orghica en vigor, en
las
provincias donde residen
10s
Tribunales dle apelacion.
CAPITULO 111.-Funciones
y
emolurnentos de
10s
con-
servadores
de
hipotecas.
Art.
3p.
El secretario de la Suprema Corte
y
del Tribunal de
,
apelacion
de
Bantiago; meneargadas espeeialmente de este ramo,
lo
estarhn
:
1%
De
la ejecucion de
las
formalidades civiles prescritas
pa-
ra
la
conservacion de hipotecas, y la conslolidacion de las mutacio-
nes
de propiedadle3 inmobiliares.

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