Decreto Nº 636-06. Decreto que Pone Bajo Dependencia de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Servicio Nacional de Proteccion Ambiental O Policia Ambiental.

Número de registro3340418
Número de Decreto636-06
Fecha de publicación05 Enero 2006
Fecha de disposición31 Diciembre 2006
Número de Gaceta10404
EmisorMINISTERIO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
-57-
Articulo
7:
La seiiora Vita Frias Rosario queda autorizada a cambiar
su
nombre por el de
Maria Victoria Frias Rosario.
Articulo
8:
El seiior Quintito De la Rosa Lopez queda autorizado a cambiar
su
nombre por
el de
Heriberto De la Rosa Lopez.
Articulo
9:
Los Padres del menor Leslie German Cruz Suriel quedan autorizados a cambiar
su
nombre por el de
Alexis German Cruz Suriel.
Articulo
10:
El seiior Apolinar Toribio queda autorizado a cambiar
su
nombre por el de
Josk
Dolores Toribio.
Articulo
11:
Los Padres del menor Mario
Jose
Morel Fernandez quedan autorizados a
cambiar
su
nombre por el de
Mario
Josk
Rafael Nicolas Morel Fernindez.
Articulo
12:
La seiiora Reyna Isabel Acosta Liriano queda autorizada a cambiar
su
nombre
por el de
Regina Isabel Acosta Liriano.
Dado
en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dorninicana, a 10s treintiun (3 1) dias del mes de diciembre del aiio dos mil seis
(2006), aiio 163 de la Independencia y 144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Dec. No.
636-06
que pone bajo dependencia de la Secretaria de Estado de Medio
Ambiente
y
Recursos Naturales, el Servicio Nacional de Proteccion Ambiental
o
Policia Ambiental.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO:
636-06
CONSIDERANDO:
Que es funcion de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y
Recursos Naturales adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el fie1
cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General sobre Medio Ambiente y
Recursos Naturales, No. 64-00, del 18 de agosto del
aiio
2000, coordinando a tales fines
con el Servicio Nacional de Proteccion Ambiental, las acciones a ejecutar para la aplicacion
de la politica sobre medio ambiente y recursos naturales del pais;
CONSIDERANDO:
Que el Servicio Nacional de Proteccion Ambiental
o
Policia
Ambiental, bajo las orientaciones de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y

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