Decreto Nº 658-03. Decreto que Aprueba el Reglamento de la Orquesta Sinfonica Nacional de la Republica Dominicana.
Fecha de disposición | 07 Julio 2003 |
Número de Decreto | 658-03 |
Fecha de publicación | 01 Enero 2003 |
Número de registro | 3342764 |
Número de Gaceta | 10226 |
-69-
Dec. No.
657-03
que deroga el Articulo
1
del Decreto No.
197-95,
de fecha
06
de
septiembre de
1995,
relacionada con la utilidad publica de una porcion de terreno en
Santiago.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO:
657-03
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
DE
CRE
T
0:
ARTICULO
1.-
Queda derogado el Articulo 1 del Decreto No. 197-95, de
fecha 06 de septiembre de 1995, exclusivamente en lo que se refiere a la porcihn de terreno
de 1,462.93 mt2., ubicada dentro de la Parcela No. 1-A, porcihn A, del Distrito Catastral
No. 1, del Municipio de Santiago, registrada a nombre del Condominio Comercial AG y/o
Marcos Martinez.
ARTICULO
2.-
Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales
y
a1 Abogado del Estado, para 10s fines correspondientes.
DADO
en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s siete (7) dias del mes de julio del aiio dos mil
tres (2003); aiios 160 de la Independencia
y
140 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No.
658-03
que aprueba el Reglamento de la Orquesta Sinfonica Nacional de la
Republica Dominicana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO:
658-03
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
-70-
DE
CRE
T
0:
REGLAMENTO INTERN0 DE LA ORQUESTA SINFONICA NACIONAL
DE LA REPUBLICA DOMINICANA
CAPITULO I
DE LOS ASPECTOS GENERALES
Y
LA CONFORMACION DE LA
OROUESTA SINFONICA NACIONAL (O.S.N.)
ARTICULO
1.-
Del Personal de la
OSN:
La Orquesta Sinfonica Nacional (O.S.N.) instituida mediante Resolucion de fecha
5
de
agosto del 1941, se regira por las disposiciones contenidas en el presente reglamento
interno.
Su
personal sera determinado de acuerdo a la Ley de Gastos Publicos y cada uno de
sus
integrantes esta regido por la Ley No. 14-91 de Servicio Civil y Carrera Administrativa.
Esta ley y
sus
reglamentos constituyen las normas reguladoras de las relaciones de trabajo
entre el Poder Ejecutivo y 10s empleados y funcionarios civiles que estan a1 servicio de
sus
distintas dependencias oficiales tal como dice el Articulo 1 de la precitada ley.
ARTICULO
2.-
Conformacion del Personal Artistico:
La Orquesta Sinfonica Nacional, debera tener una plantilla no menor de setenta y cinco
(75)
instrumentistas, ademas de 10s directores, la cual plantilla podra ser aumentada, per0
nunca disminuida, y se constituira como se indica a continuacion:
1 Director Titular*
1 Director Musical*
1 Director Asistente
1 Violin Concertino
1 Violin Concertino alterno
12 Violines primeros
1 Principal de 10s violines segundos
1 Asistente del principal
10 Violines segundos
1 Principal de las violas
1 Asistente
8
Violas
1 Principal de 10s cellos
*
Las funciones de Director Titular
y
de Director Musical, pueden ser ejercidas por una sola persona
sin
necesidad de reformar estos reglamentos.
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