Decreto Nº 67-87. Decreto que Autoriza una Impresion de Estampillas para Fosforos

Fecha de publicación01 Enero 1987
Fecha de disposición02 Febrero 1987
Número de registro3328800
Número de Decreto67-87
Número de Gaceta9704
66
1
de la Independencia
y
1220
de la Restauracihn.
SALVADOR JORGE BLANC0
Res.
No.
240,
que
aprueba
el
Contrato de Pristamo suscrito en fecha
23
de enero de
1984, entre la Rephblica Oominicana
y
el
Banco Internacional de Reconstrutxiin
y
Fomento, para
ser
destinado a la Corporaciin Oominicana de Electricidad
G.O.
No.
9649 del
16
de Noviambre de 1984
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Rephblica
NUMERO:
240
VISTO 10s Incisos
14
y
19
del Articulo 37 de la Constitucibn
de la Repliblica;
VISTO el Contrato de Pristamo suscrito en fecha
23
de enero
de
1984,
entre la Repliblica Dominicana
y
el Banco Internacional
de Reconstruccibn
y
Fomento, tambikn conocido como Banco
Mundial
;
RE
S
UE
L
VE:
UNICO: APROBAR el Contrato de Pristamo suscrito en fecha
23
de enero de
1984,
entre la Rephblica Dominicana, representa-
da por su representante autorizado, sefior Carlos Despradel;
y
el
Banco Internacional de Reconstruccibn
y
Fomento, representado
por
su
Vicepresidente en Funciones Regional para el Caribe
y
La-
tinoamkrica, sefior Rainer B. Stickhan. Mediante dicho Contra-
to, el Banco Mundial acuerda prestar a la Repliblica Dominica-
na, una suma equivalente a tres millones ochocientos mil d6lares
(US$3,800,000.00) destinados a financiar 10s estudios de ingenie-
ria
y
diseiio de la Terminal de Carb6n en el Puerto de Haina,
asi
como tambitn 10s estudios de factibilidad para la rehabilitacibn
662
u
de las plantas tkrmicas existentes. Ademis, del Contrato de Prks-
tam0 mencionado, el Contrato de Proyecto suscrito entre el mis-
mo Banco Mundial y el Organism0 Ejecutor, que seri la Corpo-
raci6n Dominicana de Electricidad (CDE). En
lo
que respecta a la
amortizacibn del Prkstamo otorgado en el aludido Contrato, luego
de la fecha efeccva el Banco podri, en beneficio del Prestatario,
girar la cuenta del Prkstamo y pagarse a
si
mismo la suma requeri-
da para el repago. La RepGblica Dorninicana pagari
al
Banco hono-
rarios equivalentes a nueve mil cuatrocientos setenta
y
seis d6lares
(US$9,476.00) y una comisi6n de
3/4
del
1%
anual de la suma
principal del Prkstamo no desembolsada
y/o
no girada. El Presta-
tario pagari demis intereses sobre la suma principal del PrCstamo
desembolsado y por la suma pendiente, a1 uno por ciento anual
(1
%)
;
que copiado
a
la letra dice
asi:
DRA. MARIA TERESA SPAGNUOLO DE PUIGBO
ABOGADO, INTERPRETE JUDICIAL del Juzgado de Prime-
ra Instancia del Distrito Nacional, debidamente juramentada para
el ejercicio legal de su cargo;
CERTIFICO: que he procedido a la traducci6n de un documen-
to
escrito en idioma inglks, cuya versi6n
al
espaiiol seg6n el crite-
rio del suscrito, es el siguiente:
0
PRESTAMO No. 2369 DO
PROYECTO DE CONTRATO
CONTRATO
de
fecha 23 de enero de 1984, entre International
Bank for Reconstruction and Development, (en lo adelante se re-
feriri como el Banco)
y
Corporaci6n Dominicana de Electricidad
(de aqui en adelante se referiri como CDE).
POR CUANTO: (A) en virtud del Contrato de Prbtamo de igual
fecha que la anteriormente seiialada, entre la Repiiblica Dominica-
na (de aqui' en adelante se llamari el Prestatario) y el Banco, el
I),

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