Decreto Nº 752-01. Ue Prohibe Terminantemente, por Un Periodo de 10 Años la Captura, Recoleccion de Huevos y Comercializacion de Varias Especies de Tortugas Marinas.

Fecha de disposición16 Julio 2001
Número de Decreto752-01
Fecha de publicación01 Enero 2001
Número de registro3337874
Número de Gaceta10096
EmisorDIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
-44-
la interconexihn con las lineas existentes, dentro del Distrito Catastral No. 32, del Distrito
Nacional.
ARTICULO 2.-
Se declara de utilidad publica e interes social la
adquisicihn por parte de el Estado Dominican0 de las porciones de terrenos propiedad de
particulares que seran utilizados en la construccihn y ereccihn de las torres que habran de
sostener la mencionada linea de transmisihn y obras complementarias del proyecto.
ARTICULO
3.-
Las servidumbres de paso consignadas en el Articulo 1
del presente decreto continuaran en vigencia luego de concluidos 10s trabajos indicados y
durante la operacihn de la referida linea de transmisihn. La Empresa AES ANDRES BV
y la CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD (CDE) deberan tener libre
acceso a 10s sitios y lugares donde se encuentran ubicadas las lineas y equipos auxiliares
durante el proceso de instalacihn, y despues de este para fines de mantenimiento y
ampliacihn de 10s servicios existentes.
ARTICULO
4.-
Las indemnizaciones correspondientes, cuando las
hubiere, serin pagadas por la Empresa AES ANDRES BV.
ARTICULO
5.-
Enviese a la Administracihn General de Bienes
Nacionales, a la Secretaria de Estado de Recursos Naturales y Medio Ambiente, a1
Administrador General de la Corporacihn Dominicana de Electricidad, a la Direccihn
General de Catastro Nacional y a1 Abogado del Estado, para 10s fines correspondientes.
DADO
en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de julio del aiio dos
mil uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 752-01 que prohibe terminantemente, por
un
period0 de 10 anos la
captura, recoleccion de huevos
y
comercializacion de varias especies de tortugas
marinas.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 752-01
CONSIDERANDO:
Que desde 1987 la Republica Dominicana es
signataria de la Convencihn sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de
Flora y Fauna Silvestre (CITES), firmada en Washington el 03 de marzo de 1973.

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