Decreto Nº 850. Decreto que Concede Pension del Estado a Varias Personas

Fecha de disposición30 Abril 1979
Número de Decreto850
Fecha de publicación01 Enero 1979
Número de registro3305401
Número de Gaceta9500
422
COLECCION
DE
LEPES, DECRETOS
&.-1857
Nbm.
5@6.-DECRETO
del
G.
P.
poniendo en vigor la ley
QT-
ganica de tribunales de
1855
;
y
siuspendiendo
10s
tbrmi-
nos
de las apelacionieis hasta la resolucion dd Congreso.
Dios, Patria y Libertad.-Reptibillica
Dominicans.-El
Go-
bierno Provisional de
la
Republica, en virtud de las facultades
que le han conferidol
10s
pueblos.
Considlerando: Que la revolucion operada el
7
de Julio
ies
puramente un cambio politico radicaa, y no debe
por
esta razon
embarazar la marcha de
110s
tribunalles, donde
Jas
materias que
se presentan son puralmiente civiles,
6
conciernen
ii
10s crimenes
colmunes
.
Considerando
:
Que
aun cuando dichas materias fluesen cri-
menes contra la seguridad del Estado, pertenece
a
10s tribunales
ordinarios
siu
instruccion y apreciacion, por ser
&ha
uno de
10s
principios proclamados
que
w
nwesario poner en priictica.
Considerando en fin: que hasta
la
anexion
de
la ciuldad de
Santo Domingo, reisidencia ordinaria de
10s
tribunales superio-
res
las causas que en
10s
demas juzgados se ventilen, pueden
perimir, y el tbrmino de sus apelaciones ser tal vez mas corto que
el prsnunciamiento de la ciudad de Santo Domingo comparado
con el thrmino legal,
a
D
HA VENIDO EN DECRETAR
Y
DECRETA:
Art.
lo.
Queda en vigor la ley orghnica de
1855
(l),
y
90s
tribunalles
idleberan
juzgar
por
ellla
y
por
Bos
C6digos hash
aho-
ra
vigentes.
Art.
20.
Queldan siuspensos
10s
t6rminbols 'de las apelaciones
hasta que el Congreso otra cosa dekrmine, debiends suspenderse
por la misma razon la ejelcucion de toda sentencia pronunciada
de que
haya apelado.
Dado en
el
Palacio Nadona! de Santiago de 10s Caballems
la
Libertad.-El Vice-Presidente, Domingo D. Pichardo.-P.
F.
Bon6.-Ceara.-P. Pujo1.-F.
A.
Limardo.-T. Ramirez.-Uli-
ses
F.
Espai1lat.-Vicente
A.
Reyes.-Benign01
F.
de Rojas.-
J.
Belisario Curiel.-Silwrio hijo.
B
ilos
7
dias del me's de Agosto de
1857,
14~.
\de la Patria
y
lo.
de
I
_-.---
(1)
V.
n6m.
387.

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