Decreto Nº 933-03. Decreto que Aprueba el Reglamento para la Aplicacion de la Ley No. 165-01, que le Da Personalidad Juridica Al Instituto del Tabaco de la Republica Dominicana.
Fecha de publicación | 01 Enero 2003 |
Número de registro | 3343307 |
Número de Decreto | 933-03 |
Fecha de disposición | 13 Septiembre 2003 |
Emisor | INSTITUTO DEL TABACO DE LA REPUBLICA DOMINICANA (INTABACO). |
Número de Gaceta | 10231 |
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bienes materiales. Esta ayuda sera administrada por la CNE siguiendo 10s lineamientos de
la politica del CNPMR.
PARRAFO 111.
La distribucihn de las donaciones en naturaleza se realizaran a traves del
sistema SUMA.
El comite SUMA sera activado una vez se reciban las donaciones y sera el responsable del
abastecimiento, transporte, almacenamiento y distribucihn de suministros provenientes de
organismos nacionales e internacionales con fines de apoyo a las emergencias. El
coordinador SUMA, sera el Presidente de la CNE
,
el cual podra delegar en otro
funcionario.
Los manuales y software para
su
implementacihn formaran parte de este Reglamento y 10s
equipos para
su
activacihn reposaran en 10s dephsitos de la CNE.
ARTICULO 62.-
El Fondo Nacional de PMR, a traves de la CNE se encargara de la
administracihn y distribucihn de las ayudas recibidas.
7.4.1. Control y Vigilancia
ARTICULO 63.-
Corresponde a la Junta Administrativa del Fondo Nacional de PMR,
ejercer un control y vigilancia de las donaciones financieras recibidas y velar por
su
buena
administracihn, para cuyos fines debera establecer las politicas, normas y reglamentos para
su
USO.
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica
Dorninicana, a 10s trece (13) dias del mes de septiembre del aiio dos mil tres (2003) aiios
160 de la Independencia y 141 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 933-03 que aprueba el Reglamento para la Aplicacion de la Ley No. 165-01,
que le da personalidad juridica a1 Instituto del Tabaco de la Republica Dominicana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 933-03
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley numero 165-01, de fecha 18
de octubre del 2001, el Instituto del Tabaco de la Republica Dorninicana (INTABACO)
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