Decreto Nº 997. Cancelacion de las Letras Patentes que Acreditaban Al Sr. Eduardo Frontera como Viceconsul Honorario de la Republica en Aguadilla, Puerto Rico, y Designacion del Sr. Lic. Jose J. Zamora para Ocupar Dicho Cargo.

Número de Decreto997
Fecha de disposición20 Marzo 1941
Número de registro3274181
Fecha de publicación01 Enero 1941
Número de Gaceta5572
Ley
No.
3211,
que
modifica el Art.
32
de
la
Ley
de
Organizacih
Judicial,
re-
lativo al naero
de
las
Cortes
de
Apelacion,
desde
el
16
de
agosto
de
1952.-
hceta Oficial
No.
739
del
10
de
maru,
de
1952.
t
EL
CBNGRESO NACIONAL
En
Nombre
del
la
Republica
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
NWERO
3211.
UNIC0.-
A
partir del
16
de agosto del presente
afi6,
d&
1952,
quedara nuevamente modificada la primera parte del
ar-
ticub
32,
de la Ley de Organizacion Judicial,
No.
821,
del
21
de
noviembre de
1927,
ultimamente reformado por
la
Ley No.
3133,
del 8 de diciembre de
1951,
publicaca en la Gaceta Oficial
NO.
7363,
para
que
rija
del siguiente modo:
“Art.
32.-
Habra siete Cortes de Apelacidn,
lars
cuales
se
compondran de cinco Jueces cada una. Una tendra
su
asiento
en
Ciudad Trujillo y su jurisdiccidn comprendera el Distrito
Ju-
dicid de Santo Domingo; otra en la ciudad de San CkisMbal,
y
su
jdri8dicci6n comprendera
10s
Distritos Judiciales de Trujillo,
TTujillo Vaidez, Azua, Barahona e Independencia; otra en
la
ciu-
dad de Santiago, y
su
jurisdiccidn comprendera
10s
Distritos Ju-
diciales de Santiago, Puerto Plata, Monte Cristi
y
Santiago Rw
driguez; otra en la ciudad de La Vega,
y
su jurisdiccion com-
prendera
10s
Distritos Judiciales de La Vega, Espaillat
y
m-
--
chez
Ramirez;(otra en la ciudad de San Francisco de Macoris,
y
su
jurisdiccibn comprendera
10s
Distritos Judiciales de
DN,
(ZZ.
Samana
y
Salcedoh otra en la ciudad de
S.
Pedro de
Macoris
y
su
jurisdiccidn comprendera
10s
Distrits Judiciales de San Pedro de
Macoris, Seibo
y
La Altagracia, y la otra en la ciudad de San
Juan
de
la
Maguana,
y
su jurisdiccidn comprendera 10s Distritos
Judiciales de Bene€actor, San Rafael, Bahoruco
y
Libertador.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciu-
dad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de
la
Republica
Dominicana,
a
10s
veintiseis dias del mes de febrero del afio mil
novecientos cincuenta y dos; aiios
1080
de
la
Independencia,
8g9
de la Restauracidn
y
22’
de la Era de Trujillo.
Aal*-)
‘y’
M.
de
J.
Troncoso
de la Concha,
Los Secretario
:
President‘e.
Julio A. Cambier,
Jose Garcia,
Secretario ad-hoc.

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