Derecho constitucional a la planificación

Páginas63733179

"Derecho constitucional a la planificación"

Kirsys Reynoso Martínez

Socia de Headrick Rizik Álvarez & Fernández.

RESUMEN:

Toda persona, física o jurídica, tiene el derecho de planificarse para cumplir con sus deberes en el momento oportuno, la medida justa y con seguridad jurídica. Este derecho incluye la planificación fiscal. La Constitución dominicana consagra el deber de contribuir que, como complemento indiscutible, implica el derecho del contribuyente a planificar y saber con cierta seguridad cuánto, cuándo y cómo ha de pagar el tributo. En el plano internacional, una delgada línea separa la planificación fiscal de la evasión y el fraude.

PALABRAS CLAVES:

Planificación, fiscal, derecho, deber, contribuir, Constitución, BEPS, OCDE.

Alguien, de cuyo nombre no logro acordarme, comentó en un panel que la diferencia entre planificación fiscal y evasión era la misma que existe entre planificación familiar y aborto.

Explicaba que, en la planificación, el sujeto analiza los posibles efectos de la actividad que va a realizar (económica o sexual), escoge las circunstancias cuyos resultados fuesen previsiblemente más favorables, toma medidas para prevenir efectos no deseados, y asume las consecuencias, aun cuando no fuesen las esperadas. En la evasión, como en el aborto, el sujeto realiza la actividad y maniobra para eliminar el efecto no deseado. Según el panelista: ocultar el hecho generador para evadir el pago del impuesto equivaldría a ignorar la concepción y abortar la criatura.

Podrán imaginar que la discusión se volvió tan intensa como era de esperarse. El tiempo concedido al panel no fue suficiente y continuó en los recesos. Alguien observó que en algunos países el aborto se considera un método de planificación familiar; por tanto, la evasión también debería ser un método de planificación fiscal legalmente aceptado. Otro resaltó que los países con efectos negativos por la baja natalidad incentivan a las familias numerosas y atraen migración, con el mismo razonamiento que se ofrecen exenciones y regímenes fiscales preferentes para promover la producción, creación de empleos y atraer inversión extranjera en los países en vías de desarrollo.

La evasión y el aborto siempre provocan debates airados, con posiciones radicales y opiniones diversas sustentadas con argumentos a favor y en contra. La discusión jurídica sobre cuándo surge la obligación de pagar el impuesto (con la realización del hecho generador o con la determinación de su cuantía) se tornó tan vehemente como aquella sobre el punto de partida de la inviolabilidad de la vida (la concepción o el nacimiento).

La planificación fiscal para algunos constituye ese tiempo dedicado a tramar y confabularse para engañar al fisco...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR