EL DERECHO A LA DOBLE INSTANCIA Y SUS EXCEPCIONES EN LOS PAÍSES DE NUESTRA CULTURA JURÍDICA

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"EL DERECHO A LA DOBLE INSTANCIA Y SUS EXCEPCIONES EN LOS PAÍSES DE NUESTRA CULTURA JURÍDICA"

Vladimir M. Rosario García

Juez de la 9.ª Sala Penal del Distrito Nacional, cursa la Maestría de Derecho Constitucional y Justicia Constitucional de la UCLM-ENJ.

vladimirrosario@gmail.com

RESUMEN: Se analiza brevemente la concepción de la doble instancia en los países de nuestra cultura jurídica, así como sus excepciones y los criterios que la justifican.

PALABRAS CLAVES: Doble instancia, grado, recurso, derecho comparado, cuantía mínima, revisión, nulidad, apelación, casación, reserva legal, República Dominicana.

La doble instancia , también denominada doble grado de jurisdicción, se trata de la posibilidad de que un caso ya decidido por un tribunal sea después revisado por otro tribunal. A veces se distinguen ambos conceptos en el sentido de que en la doble instancia se revisa lo actuado en primera instancia, mientras que por doble grado de jurisdicción se hace referencia a que se renueva la instancia, es decir, se conoce un nuevo juicio en el proceso en segundo grado . Estas figuras guardan estrecha relación con el derecho al recurso como medio para impugnar las decisiones que resulten desfavorables, al ser el recurso la vía a través de la cual se motorizan la doble instancia y el doble grado.

Históricamente pueden hallarse antecedentes de estas instituciones en el derecho romano, donde la apellatio se había concebido para permitir corregir los errores de los juzgadores, acudiendo a la autoridad incuestionable del emperador. Tiempo después, por la carga creciente de impugnaciones se instauraron otros funcionarios intermedios investidos de la autoridad imperial para revisar las decisiones. En la Edad Media se intensifica el modelo, pues producto de la fragmentación del poder se multiplican los recursos como vías de asegurar el control de la autoridad real sobre las decisiones de los señores feudales. Además, con la influencia del derecho canónico aparece la concepción de la apelación como un derecho natural del justiciable.

En los países de nuestra cultura jurídica podemos encontrar tres modalidades básicas de recursos contra las decisiones de primera instancia:

i) Una segunda-primera instancia, con origen en Francia y Holanda, caracterizado por ser un nuevo juicio pleno sobre el asunto con un amplio margen de revisión por parte del tribunal superior, que dicta una sentencia que reemplaza la anterior.

ii) De nulidad, propio del sistema anglosajón o common law, en el cual solo se revisa la aplicación del derecho, restringiendo los vicios procesales que le dan lugar, que culmina en sentencias de...

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