Derecho Laboral. Cálculos de prestaciones laborales por efecto del desahucio luego de la suspensión del contrato de trabajo

AutorCésar Antonio García Cedeño
CargoAbogado consultor de la firma DRR & Almánzar Abogados Consultores, magíster en Administración de Recursos Humanos por la UCE, docente de Derecho Laboral, Legislación Bancaria y de Seguros, Derecho Civil y Responsabilidad Civil en la UFHEC
Páginas78-80
78 |GACETA JUDICIAL
AÑO 25, NÚM. 397, ENERO-ABRIL 2021
DERECHO LABORAL César Antonio García Cedeño
Abogado consultor de la firma DRR & Almánzar Abogados Consultores,
magíster en Administración de Recursos Humanos por la UCE, docente
de Derecho Laboral, Legislación Bancaria y de Seguros, Derecho Civil y
Responsabilidad Civil en la UFHEC.
lic.garciacedeno.17@hotmail.com | c.garcia@drr-law.com
Se entiende por suspensión del contrato de trabajo la
situación de una relación laboral, originada por la volun-
tad de las partes o por la ley, caracterizada por la exo-
neración temporal de las obligaciones básicas de traba-
jar y remunerar el trabajo, con permanencia del vínculo jurídi-
co laboral.
El desahucio puede definirse como el acto por el cual una de
las partes ejerce el derecho de poner término al contrato de tra-
bajo por tiempo indefinido sin alegar causa.1 Para ser válido el
desahucio no requiere la aquiescencia de la persona que lo sufre,
pero una vez que llega al conocimiento de esta su retractación
solo será posible si interviene un acuerdo entre las partes.
Para algunos laboralistas dominicanos, el desahucio puede
ejercerse en cualquier momento o circunstancia; nada impide
ponerlo en práctica durante la suspensión de los efectos del con-
trato de trabajo2.
1 HERNÁNDEZ RUEDA, Lupo. Código de Trabajo Anotado: Santo Domingo, 2002, t. I, artículo 75.
2 ALBURQUERQUE, Rafael. Reglamento del trabajo: Santo Domingo, 1983, p. 249.
En la práctica empresarial se usa corrientemente el término
liquidación para referirse al desahucio practicado por el patrono,
en tanto que se habla de renuncia cuando es el trabajador quien
toma la iniciativa de la ruptura.
El ejercicio del desahucio impone el cumplimiento de deter-
minadas obligaciones. Estas no son exigibles como formalidades
de validez sino como medios de disuasión al rompimiento uni-
lateral de la relación laboral. Sin embargo, ni el preaviso ni la
cesantía podrán evitar el ejercicio del desahucio; ambos instru-
mentos lo regulan para hacer más difícil su ejecución y de ese
modo garantizar hasta ciertos límites al trabajador la estabilidad
de su empleo.
Nuestro Código de Trabajo regula la forma y procedimiento
para calcular las prestaciones laborales. El artículo 84 establece
que la duración del contrato continuo incluye los días de fiesta
legal, los de descanso semanal, los de vacaciones y los de suspen-
RESUMEN:
El autor analiza el cálculo de las prestaciones laborales tomando como base el período de suspensión de los efectos del contrato
de trabajo.
PALABRAS CLAVES:
Cálculos, prestaciones laborales, antigüedad del trabajo, suspensión del contrato de trabajo, salarios devengados, desahucio, perma-
nencia, derecho del trabajo, República Dominicana.
CÁLCULOS DE PRESTACIONES
LABORALES POR EFECTO DEL
DESAHUCIO LUEGO DE LA SUSPENSIÓN
DEL CONTRATO DE TRABAJO

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