El Derecho laboral es otra cosa

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El Derecho laboral es otra cosa

Carlos Salcedo

Mientras realizamos nuestros estudios de preparado en la carrera de derecho se nos enseñó y repitió con insistencia, que los principios del derecho son la cimiente del edificio jurídico legal. Se nos dijo que en los principios sustantivos encuentra el legislador la fuente fundamental para la norma adjetiva, incluida la objetiva o material y la procesal.

Aprendimos que los principios fundamentales que rigen y dirigen la instancia son en materia civil: el principio dispositivo, según el cual las partes son las que tienen la iniciativa, así como el impulso del proceso, pueden desistir y dar aquiescencia; el principio contradictorio, por el cual las partes del proceso tienen el derecho a someter a debate sus pretensiones, o lo que es lo mismo, el objeto de su demanda y el principio de la inmutabilidad, esto es, una vez vinculada o iniciada la instancia, los elementos del proceso no pueden modificarse, o como bien apunta la jurisprudencia dominicana, el proceso debe permanecer inalterable, o sea, idéntico a como fue en su comienzo.

Hemos aprendido que los principios sirven a las demás disciplinas, en los límites, alcances y modalidades de aplicación atinentes a cada materia o rama del derecho, sin desmedro de su necesario respeto.

Se nos enseñó también que cada rama del derecho tiene sus particularidades y que a pesar de su independencia, esta no es absoluta, pues los principios se entrecruzan y se toman prestados elementos los unos de los otros, con sus necesarios matices. Así, se nos dijo que cada vez que el Estado persiga la armonía de intereses, así como la libertad de defensa y el respeto al derecho de defensa, él interviene en auxilio de los actores del mismo.

En el caso específico del derecho laboral el carácter de orden público que se le atribuye, con sobradas razones, viene dado por la necesidad de armonizar el capital y el trabajo, hallándose el Estado interesado en la concordancia o la referida armonía, pues sin ella se considera que seria imposible la convivencia social y el reinado de la justicia.

Ello así porque las relaciones que se dan entre trabajadores y empleadores son verdadera y generalmente tensas y conflictivas. Siendo la subordinación el elemento fundamental del contrato de trabajo, ella misma determina diferencias, reservas e insatisfacciones que se manifiestan en la desigualdad: jurídica, económica y social.

Ahora bien, la ley laboral, que debe servir como contrapeso de...

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