El derecho al olvido

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"El derecho al olvido"

Pascal Peña

La publicación por un periodico de la fotografia en su sección especializada bajo un titulo recordando hechos judiciales pasados, de una persona efectivamente culpable de homicidio, pero que posteriormente juzgado y condenado por los hechos "paga su deuda" a la sociedad al cumplir una pena de prisión y se restablece su "reinserción social". Esta publicación constituye una violación al "derecho al olvido" del cual goza toda persona.

Precisamente uno de los desafios permanentes del Estado de Derecho es lograr un equilibrio entre el "poder y la libertad", para evitar caer en extremos de despotismo autoritario o de exacerbación de los derechos del individuo frente a la sociedad que integra. Para lograr este equilibrio, los paises responden a ese desafio en consonancia con sus tradiciones impregnando su legislación.

La ausencia de una marcada intención malevola como es la veracidad de los hechos recordados, no es causa de que los mismos exoneren al director y el complice como responsables de la publicación por irrespetar ese derecho reconocido.

Se observa, por otra parte, que para la resena de los hechos pasados se toma en cuenta que el objetivo de la publicación en cuestión no es informar de manera directa al lector sobre un hecho de actualidad, ni la vocación historica ni documental de una demostración o de un artículo. El caracter ludico agrava la falta del diario como ha sido juzgado por el Tribunal de grande instancia de Paris el 20 de abril de 1983.

Es importante verificar el hecho de la segunda publicación, esta alejada de todo contexto historico, no es un acontecimiento de actualidad, porque el documento reproducido sobre hechos ya ocurridos fue publicado por primera vez sin restricción de ninguna clase; en esta segunda repetición periodistica constituye un atentado a los derechos de la persona a ser dejada en paz, pues su caso ha sido borrado. El derecho de la información triunfa sobre el respeto a la vida privada, en el cuadro de la actividad juridica, cuando las personas evocadas se encuentren en el estricto marco de los limites de las necesidades de la información. En cambio, en materia de ficcion, el respeto de la vida privada encuentra su primacia sobre el derecho a la información, incluso por el derecho a la libertad de creación.

Ocurre a veces que la utilización de un patronimico verdadero en una cinta cinematografica representando las personas en otro tiempo mezcladas, en contra de su voluntad...

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