El derecho al silencio o a no declarar contra sí mismo

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"El derecho al silencio o a no declarar contra sí mismo"

Rosalía Sosa Pérez

La evolución de los medios de prueba está íntimamente relacionada con la transformación de los sistemas procesales y políticos. El denominado sistema acusatorio que floreció en Grecia y en la República Romana, empleaba Ios medios de prueba para llegar a la verdad.

Sobre la valoración de los medios de prueba, bastaba que el Juez tuviera la intima convicción o la certeza moral sobre la inocencia o culpabilidad del acusado. La ley no le pedía al Juez establecer cuáles medios presentados le habían convencido. Este sólo estaba obligado para con su conciencia, debiendo encontrar dentro de sí qué efecto le habían ocasionado sobre su razón los argumentos del acusador y del acusado. Dentro del sistema inquisitivo el acusado es considerado como un objeto y la confesión obtenida por medio de la tortura alcanzó su máximo esplendor. Este sistema fue, más que un sistema de justicia, un sistema represivo. La lucha contra la tortura para constreñir al reo a confesar libra su batalla dotando en el proceso una serie de garantías, pero esto no significa que desde aquel entonces hasta nuestros días no se utilicen medios coercitivos para obtener la confesión del justiciable. El valor que se le da a la declaración del imputado como medio de prueba es tan grande que permite interpretar un efecto jurídico al silencio del reo.

Sin embargo, es indudable que la confesión forzada ha continuado utilizándose con la tolerancia o bajo las directrices de los poderes públicos. Algunos opinan que la tortura es una práctica útil, un medio idóneo para descubrir la verdad, olvidando que a pesar de que el interés social en el castigo es válido, también surgen intereses particulares que deben garantizar el respecto a la integridad física y a la dignidad humana.

Valor policial del silencio del imputado: La presunción de inocencia en la práctica es interpretada de forma contraria: a nadie se le presume inocente. Todo sospechoso es culpable hasta que se le demuestre lo contrario. Por lo tanto el reo es tratado como un culpable en sede policial, en la fase de instrucción y en juicio, culminando con una condenación penal.

Existe una percepción generalizada de que cuando una persona guarda silencio o no quiere contestar a su interlocutor permite al que espera respuesta interpretar ese silencio como más le convenga: el que calla otorga. También esto sucede. con los justiciables, que cuando la autoridad le...

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