Internacionalización del derecho de trabajo

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"Internacionalización del derecho de trabajo"

Lupo Hernández Rueda.

La internacionalización del Derecho de Trabajo, es uno de sus rasgos capitales. A ello ha contribuido grandemente la labor de la Organización Internacionalización del Trabajo (OTO); especializado, tripartito, organizado para la paz y el desarrollo social.

La OIT está integrada por representantes de los trabajadores, empleadores y gobiernos, situados en un plano de igualdad. Este trípode funcional y de trabajo ha contribuido y da vitalidad, dinamismo e imparcialidad a la labor y decisiones de la OIT, lo que le ha permitido sobrevivir a dos guerras mundiales.

Los órganos de esta entidad internacional son la Conferencia Internacional de Trabajo, que se reune cada año en Ginebra, Suiza; el Consejo de Administración, que es el centro donde convergen todas las actividades de la OIT y la Oficina Internacional de Trabajo, la que constituyen un verdadero taller de trabajo por la paz común y el bienestar humano.

Desde 1945, la 01T es un organismo especializado de las Naciones Unidas (ONU), pero esto no le ha restado independencia en su labor y decisiones; por el contrario, ha contribuido al mejoramiento de sus actividades en el plano mundial.

La OIT adopta resoluciones o instrumentos internacionales llamados convenios y recomendaciones. Los primeros se consideran como verdaderos tratados multinacionales. Entre nosotros, revisten carácter de normas jurídicas obligatorias, cuando han sido ratificados por el Congreso Nacional. Las recomendaciones, no tienen carácter obligatorio, sino que constituyen referencias orientadoras para la acción gubernamental o privada en el campo de las relaciones de trabajo. Tan pronto como un Estada ratifica un convenio, se obliga a adoptar su legislación a dicho instrumento.

La OIT se constituye precisamente un siglo después de que la idea de su formación había sido lanzada por Robert Owen, industrial escocés. Sus objetivos constan en la Declaración de Filadelfia, y en la Parte XIII del Tratado de Versalles, que, precisamente, dio nacimiento a esta institución. La República Dominicana ingresó a la OIT en 1924, al ser aceptada como miembro de la Sociedad de Naciones. Hasta la fecha, nuestro país ha ratificado numerosos convenios adoptados por la Conferencia Internacional de Trabajo.

Los convenios de la 01T han originado la norma internacional de trabajo, la que indudablemente ha dado unidad internacional al Derecho de Trabajo. La interdependencia de los...

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