Tesis Jurisprudencial de 30 de Enero de 2002 sobre DESPIDO CAUSAS ALEGADAS NO PROBADAS. DESPIDO DECLARADO INJUSTIFICADO.

Fecha de Resolución30 de Enero de 2002

DESPIDO. CAUSAS ALEGADAS NO PROBADAS. DESPIDO DECLARADO INJUSTIFICADO:

Que la Corte a-qua determinó que la recurrente no demostró la falta atribuida al demandante, al no probar que éste dejare de asistir a sus labores, ni que se le informara la reanudación de las labores una vez concluida la suspensión que afectó su contrato de trabajo, motivos por los que procedía la declaratoria de injustificado del despido de que fue objeto, tal como lo hizo dicho tribunal, razón por la cual los medios que se examinan carecen de fundamento y deben ser desestimados;

Que en el desarrollo del tercer medio de casación propuesto, la recurrente expresa, en síntesis, lo siguiente: "que en todo el curso de las instancias transcurridas el señor P.G.S. alegó que ejerció el derecho a dimitir que le otorga el artículo 96 del Código de Trabajo,

pero dicho señor nunca comunicó la carta de dimisión de fecha 23 de agosto de 1999 a la empresa, en el plazo de 48 horas que establece el artículo 98 del Código de Trabajo, sino dos meses después de terminada la suspensión y un mes después que la recurrente le comunicó el despido, por lo que el tribunal debió declararla injustificada";

Que tal como se ha expuesto anteriormente, el Tribunal a-quo dio por establecido que el contrato de trabajo concluyó por despido realizado por la recurrente, admitido por ésta, tanto ante los jueces del fondo, como en el propio memorial de casación, y que fue declarado injustificado por la ausencia de prueba de la justa causa, lo que descarta la violación al artículo 97 del Código de Trabajo que establece las causas que dan lugar a la dimisión de los contratos de trabajo, al no haber sido esta causa de terminación, la invocada por el trabajador para la reclamación del pago de sus...

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