DIMENSIÓN JUDICIAL DEL ARBITRAJE

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"DIMENSIÓN JUDICIAL DEL ARBITRAJE"

Por la Redacción de Gaceta Judicial.

Hace unas semanas se celebró en Santo Domingo el segundo Diplomado de Arbitraje Comercial, organizado por el Centro de Resolución Alternativa de Controversia y la Escuela Nacional de la Judicatura.

Este es el evento académico de arbitraje más importante que se realiza en el país y el único que permite aglutinar en un mismo salón a más de cincuenta jueces de la justicia ordinaria, así como a cincuenta juristas, la mayoría de ellos árbitros con experiencia en dirección de procesos arbitrales.

Este hecho nos lleva al análisis y la inquietud que siempre se mantiene entre los abogados y los mismos hacedores de comercio de la República Dominicana: Ante un conflicto, ¿qué es mejor para mi negocio: recurrir a la justicia ordinaria o suscribir una cláusula arbitral? Y en caso de controversia, ¿con un arbitraje voy a poder ejecutar el laudo igual a como se ejecuta una sentencia de un tribunal ordinario? ¿Es beneficiosa o perjudicial la inapelabilidad del laudo? Estas y muchas otras preguntas surgieron durante el diplomado.

Los debates entre jueces, abogados y árbitros motivan a Gaceta Judicial a profundizar su contenido en esta edición, incluyendo una entrevista cruzada que nos permite exponer el tema en dos vertientes: un cara a cara entre el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Mariano Germán Mejía, y el presidente del Bufete Directivo del Centro de Resolución Alternativa de Controversias (CRC) de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo (CCPSD), Manuel José Luna Sued.

ARBITRAJE Y PODER JUDICIAL:

A través de los años el arbitraje se ha convertido en uno de los mecanismos alternativos de resolución de controversias más utilizado en nuestro país, dentro del universo de los métodos adecuados de resolución de conflictos (MARCS). Esto se debe a que este constituye una herramienta judicial con igual efectividad —al momento de solucionar conflictos de manera definitiva— que la jurisdicción ordinaria.

Es importante destacar el apoyo que puede brindar el Poder Judicial al arbitraje para que este se desarrolle de una manera eficiente y para que las actuaciones y las resoluciones que emitan los árbitros tengan plenitud de efectos para las partes involucradas.

A la hora de hacer negocios, es transcendental definir las consecuencias que podría acarrear el surgimiento de un conflicto: tiempo, costo, confidencialidad y complejidad de la controversia dada la naturaleza del negocio.

Por ello es de suma importancia considerar la agilidad y confidencialidad que pueden brindar los métodos alternos, pero de igual modo ponderar el costo y rentabilidad de estos frente al acceso gratuito a la justicia ordinaria.

El nuevo marco legislativo que constituye la Ley No. 489-08, sobre Arbitraje Comercial, se encuentra fundamentado en la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) de 1985 con las enmiendas aprobadas en el 2006. La pieza legislativa adapta las principales disposiciones de la ley modelo a la realidad legal de la República Dominicana, estableciendo parámetros y criterios acordes con los principios fundamentales y normativas internacionales sobre arbitraje.

De manera general, la Ley No. 489-08 sobre arbitraje comercial recoge las principales características y particularidades de la Ley Modelo de la CNUDMI, en la que se define de manera amplia la materia arbitrable, reconoce el papel y las funciones de las instituciones del arbitraje —es aplicable al arbitraje tanto nacional como internacional—, reconoce los principios de Kompetenz – Kompetez y de autonomía del acuerdo arbitral, así como también dispone de la asistencia de los tribunales ordinarios en los casos que ejemplificamos más adelante.

La novedosa Ley sobre Arbitraje Comercial establece el alcance de las actuaciones e intervenciones de los tribunales ordinarios dentro de los procesos arbitrales. Dicho alcance se circunscribe al cumplimiento de funciones de asistencia y supervisión, de suma importancia para el eficiente desarrollo de un arbitraje.

Sin embargo, y a pesar de contar con un moderno y novedoso marco normativo en materia de arbitraje, se trata de un método que...

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