Doble via accion civil por competencia desleal accion penal por infraccion

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"Doble vía: acción civil por competencia desleal y acción penal por infracción2

María Josefina Félix Troncoso

Abogada de la firma Troncoso y Cáceres, Máster en Propiedad Industrial de la John Marshall Law School de Chicago, Illinois. Miembro del Comité de Marcas de ADOPI.

RESUMEN:

Se comenta la sentencia No. 562, de fecha 18 de octubre de 2007, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que reafirma la independencia de la acción por competencia desleal y de la acción por infracción, ambas previstas por la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial. Los mismos hechos pueden dar lugar a dos ilícitos sancionables. Se aborda su efecto positivo en el saneamiento de las prácticas comerciales.

PALABRAS CLAVE:

Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial, competencia desleal, infracción, Repúblilca Dominicana.

Damos a conocer esta sentencia por considerar el precedente que establece como de especial interés, tanto para los abogados que ejercen la materia, como para los estudiantes de derecho e incluso para las empresas o personas físicas que incursionan en la producción e importación de productos y servicios.

La demandante es una asociación que agrupa aproximadamente al 95% de los productores de whisky escocés. Una de las funciones principales de esta asociación es la protección del buen nombre del whisky escocés y para viabilizar esa protección vigila y persigue la venta de bebidas alcohólicas etiquetadas o promocionadas de manera tal que sugieran falsamente que son whiskis escoceses, cuando en realidad no lo son. Los demandados producen y comercializan desde hace muchos años, un whisky bajo la marca ZZZ, en torno al cual, a través de los años, se han usado y todavía se usan múltiples indicaciones geográficas, tales como la palabra “IMPORTADO”, un prefijo en la marca misma que evoca los clanes de Escocia, la leyenda “EMBOTELLADO BAJO LICENCIA Y SUPERVISIÓN DE KKK & COMPANY LTD., ESCOCIA”, un relato en la etiqueta trasera que dice: “UNA COMBINACIÓN DE LOS MÁS FINOS WHISKIES DE MALTA Y CEREALES ESCOCESES MEZCLADOS CON LICORES LOCALES MADUROS EMBOTELLADO Y DISTRIBUIDO POR YYY, PUERTO PLATA, R. D.”, entre otras.

La demandante accionó por la vía penal, a instancia privada, y por la vía civil. Por la vía penal, interpuso una querella por violación al inciso c) del artículo 166 de la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial y casi simultáneamente interpuso una demanda civil tendente a la reparación de daños y perjuicios resultantes de la ejecución de la práctica de competencia desleal como tipificada por los incisos 1), 2) y 3) del artículo 176 y las letras c), d) y e) del artículo 177, ambos también de la Ley 20-00.

La acción ejercida por la vía penal a instancia privada, prevista por el inciso c) del artículo 166 de la Ley 20-00, tiene el propósito puntual de que la víctima del engaño perpetrado por...

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