Tesis Jurisprudencial de 2 de Enero de 2008 sobre FALTAS JUSTIFICATIVAS DE UN DESPIDO.

Fecha de Resolución 2 de Enero de 2008

FALTAS JUSTIFICATIVAS DE UN DESPIDO:

Que el carácter que debe acompañar una falta laboral para ser considerada como una causa de despido, no lo determina el hecho de que dicha falta ocasiones perjuicios graves al empleador, sino que esta constituya una violación a obligaciones fundamentales del trabajador, o que por su naturaleza haga imposible el mantenimiento del vínculo contractual, es decir, que dañe la relación existente entre el trabajador y el empleador, aún cuando no ocasiones ningún perjuicio particular a este último; que solo cuando la falta consiste en un daño por una actitud imprudente del trabajador, es que el ordinal 7mo. del artículo 88 del Código de trabajo exige la gravedad del perjuicio que la negligencia o imprudencia produzca a un empleador;

Que para la caracterización de las faltas atribuídas al recurrido, no es necesario que la actitud del trabajador haya ocasionado perjuicio alguno, bastando la comprobación de la falta para que el despido sea declarado justificado, en razón de que son obligaciones substanciales de los...

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