Un sinfín de, a los fines de

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"Un sinfín de “a los fines de”

Fabio J. Guzmán Ariza

“Suprimir toda palabra inútil. Simplicar la frase. Simplificar la idea. Suprimir, suprimir.

Esta es la fórmula para escribir bien...” Noel Clarasó.

La locución conjuntiva “a los fines de”, equivalente a “a fin de”, “con el fin de”, “con el objeto de”, o simplemente “para”, es de uso muy común en el mundo jurídico dominicano. Aparece dondequiera: en leyes, proyectos de leyes, sentencias de la Suprema Corte de Justicia, artículos de doctrina y hasta en las páginas en internet de organismos judiciales, desplazando casi totalmente a otrasSimplicar de igual significado pero más correctas. Al igual que en las ciencias económicas, donde la ley de Gresham establece que “moneda mala hace desaparecer la buena”, en lingüística el lugar común o cliché y los extranjerismos tienden a expulsar la expresión o palabra castiza.1

Ni el Diccionario de la Real Academia ni el Diccionario Larousse ni el Diccionario Quillet recogen la expresión “a los fines de” en el sentido señalado. Sí figura la locución “a fines de” en el sentido de “al final de”, como en la frase “a fines del mes que entra”. También se admite, por supuesto, el uso de “fines” como plural de la palabra “fin”, en frases como “a fines jurídicos”, “a los fines de la presente reglamentación”. Lo que no es correcto y hasta suena mal es el uso de la expresión en los textos que transcribo a continuación:

Artículo 39 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario: “Es la garantía establecida a los fines de indemnizar a aquellas personas que sin negligencia de su parte y actuando de buena fe, hayan sido perjudicadas con la aplicación de la presente ley.”

Lo más sencillo y correcto hubiese sido: “ Es la garantía establecida para indemnizar a aquellas personas que sin negligencia de su parte y actuando de buena fe, hayan sido perjudicadas con la aplicación de esta ley.” Artículo 148 del Código Procesal Penal:

“La duración máxima de todo proceso es de tres años, contados a partir del inicio de la investigación. Este plazo sólo se puede extender por seis meses en caso de sentencia condenatoria, a los fines de permitir la tramitación de los recursos.”

Sonaría mejor: “Este plazo sólo se puede extender por seis meses en caso de sentencia condenatoria, a fin de permitir la tramitación de los recursos.”

Suprema Corte de Justicia, Pleno, 10 de mayo de 2006, B.J. 1146, pág. 72:La Corte, por el defecto devolutivo del recurso de apelación, fija la audiencia del día...

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