Historia de los tribunales militares en la República Dominicana

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"Historia de los tribunales militares en la República Dominicana"

Wencelao Vega.

Desde tiempos del feudalismo, ciertos estamentos de la sociedad, principalmente los poderosos, fueron dotados de fueros especiales para juzgar a sus miembros, bajo el principio de que sólo los pares o iguales tenían derecho a condenar a algunos de sus colegas que transgredieran las leyes. Así, los religiosos sólo podían ser juzgados por tribunales eclesiásticos, los nobles en las Cámaras de los Lores y los Militares en tribunales militares. Todavía hoy perduran algunos de esos fueros, como el de los eclesiásticos que bajo el Concordato del año 1954 tienen privilegios especiales en cuanto al sometimiento de la justicia y el caso de los militares, que tradicionalmente tienen también sus fueros especiales.

El primer Código Penal Militar de la República data del año 1845 y es particularmente severo, habida cuenta que la nueva Nación se encontraba en guerra a muerte con su antiguo opresor, Haití, y no existía aún mucha conciencia del éxito del esfuerzo independentista. Abarcaba los delitos y crímenes cometidos por militares, y hasta por civiles, en caso de espionaje o traición, así como todo delito grave cometido en un lugar declarado bajo estado de sitio. Las penas iban desde la de muerte hasta la destitución. Los cómplices civiles de un crimen militar eran juzgados bajo este Código. Entre los delitos penados severamente estaban la revelación de secretos militares, la deserción, la sonsaca, el espionaje, la insubordinación, la falsificación de documentos, la rebelión, el pillaje, el robo, el abuso contra un subordinado, el exceso de poder, mala conducta, etc. Estos delitos y crímenes eran juzgados por Consejos de Guerra compuestos exclusivamente por militares. Las sentencias podían ser objeto de recursos ante un Consejo de Revisión, pero solamente para corregir errores de procedimiento y en caso de aceptarse el recurso, el caso se enviaba a otro Consejo de Guerra. En 1848 esta ley fue modificada para permitir el recurso de apelación ante la Suprema Corte de Justicia. La Ley semantuvo en vigor por el resto de la Primera República y vino a ser sustituida en 1867 recién producida la Restauración. En la nueva ley, la única novedad importante era que dedicaba varios artículos a los casos de revuelta interior, seguramente debido a las frecuentes revoluciones, pronunciamientos, etc. que el país sufrió en esa época turbulenta, de frecuentes asonadas y cambios de gobierno...

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