Impedir la reincorporacion al abogado declarado en abandono de defensa

Páginas80372732

Impedir la reincorporación al abogado declarado en abandono de defensa: ¿viola el derecho de elección de un defensor?

José S. Hernández

Abogado asociado del bufete Fermín & Taveras.

RESUMEN:

El abandono de la defensa constituye una falta grave. El defensor que en ella incurre no puede volver a ser nombrado como tal en el proceso. Esta situación se impone al derecho que tiene el imputado de elegir el defensor que le asista en sus medios de defensa. La prohibición de designarlo no vulnera el derecho a elegir, pues el imputado puede optar por cualquiera de los miles de abogados en ejercicio restantes.

PALABRAS CLAVES:

Abandono de defensa, derecho de elección o derecho de libre elección del defensor, imposibilidad de reincorporar al abogado sancionado, derecho procesal penal, República Dominicana.

En nuestra práctica penal es muy común el aberrante uso de medidas dilatorias para obstaculizar el conocimiento de los procesos. Por desgracia, hay todavía muchos abogados que abusan de los formalismos y las diversas facultades que concede la normativa procesal penal para prolongar los litigios de manera indiscriminada, con la franca intención de cansar a la víctima y hacerle perder de interés en la solución del conflicto que le afecta, no sin dejar de soslayo dispersar a los testigos a cargo como consecuencia del agotamiento, dejando a la víctima en estado de orfandad de pruebas.

Una de las chicanas utilizada por los abogados inescrupulosos consiste en no presentarse a audiencia. De tratarse de una incomparecencia injustificada, los jueces están obligados a sancionar al abogado incompareciente con la declaración en abandono de la defensa, según lo dispone el artículo 116 del Código Procesal Penal, que fue reivindicado en la Resolución 2469-2005, dictada por la Suprema Corte de Justicia. En otras palabras, el abogado que no comparece y no presente justificación válida debe ser sancionado con su reemplazo en el proceso. Pero, ¿ qué sucede si en una próxima audiencia el mismo abogado intenta ostentar nuevamente la defensa?

Aquí compartimos un análisis acerca de si en nuestro ordenamiento procesal penal existe el derecho de “libre elección” del defensor o solo se trata del derecho de “elección” del defensor, condicionado a ciertas particularidades; también analizaremos si la aplicación de ese derecho prevalece sobre cualquier sentencia que disponga el abandono de defensa.

Es oportuno resaltar que el derecho de elección del defensor no eslibre como se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR