La Audiencia Imperial, un curioso experimento juridico

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"La Audiencia Imperial, un curioso experimento jurídico"

Wenceslao Vega

En ejecución del Tratado de Basilea, entre los años 1801 y 1809, el pueblo dominicano fue colonia del Imperio francés.

Primero en 1801, luego de la expedición de Toussaint, cuyo efímero gobierno fue sustituido por el de los Generales franceses Kerverseau y Ferrand.

Durante esos ocho años, los dominicanos fuimos súbditos franceses y gobernados por esos generales a nombre de Francia.

Ferrand inició su gobierno prometiendo a los habitantes que sus antiguas leyes y costumbres serían respetadas.

Sin embargo, a los negros esclavos que habían sido liberados por Toussaint se les sometió de nuevo a la servidumbre, con lo que perdieron los franceses el apoyo que pudieron haber obtenido entre la gente de color.

En su interés por sostener buenas relaciones con los pobladores de ascendencia española, aconsejó a las autoridades francesas de la colonia introducir un sistema legal y judicial mixto, donde se mantuvieran en vigor las antiguas leyes coloniales españolas, al tiempo que se fuera introduciendo la nueva legislación francesa.

Por lo tanto, durante esos años las leyes que regían en Francia y sus colonias también rigieron en el antiguo Santo Domingo español.

Esa legislación era la del llamado período intermedio, es decir, la que se dictó durante los turbulentos años de la Revolución, tras abolirse las leyes de la derrocada monarquía.

Todavía estaban en estudio los nuevos códigos que empezaron a regir allí a partir del 1804, pero que nunca llegaron a ponerse en vigor en la Colonia de Santo Domingo.

Las nuevas autoridades francesas en Santo Domingo dictaron una de sus primeras disposiciones mediante la cual mantuvieron en vigor las leyes, usos y divisiones, tanto eclesiásticas y civiles como militares que existían precedentemente bajo el dominio de Su Majestad Católica.

Al mismo tiempo las autoridades empezaron también a aplicar la legislación francesa. Para juzgar bajo estos dos regímenes legales, establecieron un sistema dual que se aplicaba según la nacionalidad de las personas envueltas.

Con esos fines fue creada para Santo Domingo una organización judicial mixta, compuesta de la siguiente manera: las Alcaldías Municipales del viejo sistema español se mantuvieron con facultades judiciales, pero se establecieron a ese mismo nivel los Jueces de Paz, con magistrados franceses.

Por encima de ellos se mantuvieron los Oidores españoles pero se crearon los Tribunales de Primera...

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