Sentencia que declara la inconstitucionalidad de los artículos 63, 80 y 143 del Código Tributario

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JURISPRUDENCIA

Sentencia de la Suprema Corte de Justicia que declara la inconstitucionalidad de los artículos 63, 80 y 143 del Código Tributario de la República Dominicana que consagran el principio de Solve et repete.

Dios, Patria y libertad

República Dominicana

En Nombre de la República, la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los Jueces Jorge A. Subero Isa, Presidente; Rafael Luciano Pichardo, Primer Sustituto de Presidente; Eglys Margarita Esmurdoc, Segundo Sustituto de Presidente; Hugo Álvarez Valencia, Juan Luperón Vásquez, Margarita A. Tavares, Julio Ibarra Ríos, Enilda Reyes Pérez, Dulce Ma. Rodríguez de Goris, Julio Aníbal Suárez, Víctor José Castellanos Estrella, Ana Rosa Bergés Dreyfous, Pedro Romero Confesor y José E. Hernández Machado, asistidos de la Secretaria General, en la Sala donde celebra sus audiencias, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, hoy 23 de octubre del 2005, años 162° de la Independencia y 142° de la Restauración, dicta en audiencia pública, la siguiente sentencia:

Sobre la acción en inconstitucionalidad intentada por la Compañía Dominicana de Hipermercados, S. A., sociedad de comercio, organizada de conformidad con las leyes dominicanas, con domicilio y asiento social en el Km. 10 1,2 de la Autopista Duarte, de esta ciudad, representada por el señor Agustine Santos, de nacionalidad francesa, pasaporte No. 68-98, contra los artículos 63, 80, 91 y 143 de la Ley No. 11-92, que instituye el Código Tributario;

Vista la instancia depositada en la Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia, el 25 de octubre del 2001, suscrita por el licenciado Luis Miguel Rivas, por sí y por el doctor Hipólito Herrera Pellerano y el licenciado Hipólogo Herrera Vasallo, quienes actúan a nombre y representación de la impetrante Companía Dominicana de Hipermercados, S. A., la cual concluye de la forma siguiente: `Primero: Declarar regular y válido en cuanto a la forma el presente recurso de inconstitucionalidad por vía de acción principal, por haber sido interpuesto conforme a derecho; Segundo: Declarar la inconstitucionalidad de los artículos 63, 80, 91 y 143 del Código Tributario, consagratorios del principio del solve et repete o del previo pago, por ser violatorio de los derechos y principios constitucionales siguientes: derecho de tutela judicial efectiva, consagrado por el artículo 8, ordinal 2, literal j) de la Constitución de la República; derecho de defensa, consagrado por el artículo 8, ordinal 2, literal j) de la Constitución de la República; principio constitucional de la razonabilidad, consagrado por el artículo 8, ordinal 2, literal j de la Constitución de la República...

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