Concurrencia, competencia e informalismo Principios que sustentan la eficiencia de las contrataciones públicas

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"Concurrencia, competencia e informalismo Principios que sustentan la eficiencia de las contrataciones públicas. Dedicado al Ing. Freddy López"

Ignacio J. Matos R.

Licenciado en Derecho egresado de la PUCMM.

ignacio_matos@hotmail.com

RESUMEN:

Obtener la oferta más eficiente en términos de calidad y precio es el objetivo de todo proceso de contratación pública, lo cual se facilita con la realización de procedimientos de selección competitivos y abiertos que permiten a las entidades contratantes contar una amplia cantidad de ofertas, incrementando las posibilidades de obtener la que mayor satisfaga el interés público y los fines de la contratación.

Palabras claves:

Eficiencia, concurrencia, competencia, igualdad, formalismo, informalismo, contratación pública, administración pública.

El propósito cardinal de todo proceso de contratación pública es, como en cualquier ejercicio racional de consumo, que la Administración compre o contrate el servicio o producto de mejor calidad al menor precio posible. Este es precisamente el fundamento del denominado principio de eficiencia en las contrataciones públicas, recogido en el numeral 1 del artículo 3 de la Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado, cuyo texto invita a seleccionar la oferta que más convenga al interés general y al cumplimiento de los fines y cometidos de la Administración.

Qué mayor conveniencia puede haber para el interés general, que en el marco de un proceso competitivo de evaluación de ofertas la Administración, al adjudicar, logre una proporcionalidad eficiente entre las condiciones cualitativas de un bien, servicio u obra, y un costo razonable acorde con los parámetros comparativos del mercado. Por esta razón, el artículo 26 de la Ley en cuestión dispone que:

La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente…

Como estrategia de acción para la materialización de la eficiencia en los procesos de contratación pública, las normas afines de reciente data dotan de jerarquía a los principios jurídicos de concurrencia, competencia e informalismo, los cuales promueven la mayor participación posible de oferentes en los procedimientos competitivos de selección, de manera que al contar con un número amplio de ofertas las entidades contratantes tengan más oportunidades de obtener la que sea más eficiente para suscribir el contrato pretendido.

Ciertamente la ley dominicana prevé casos y modalidades excepcionales donde la amplia concurrencia y por ende la competencia pueden ser restringidas o limitadas en función del objeto y los montos estimados de la contratación. La intención del legislador plasmada a través de los indicados principios ha sido convertir en regla la competencia abierta de ofertas, de manera que se le permita a la administración tener mayores elementos de juicio y condiciones transparentes para tomar la decisión que satisfaga mejor el interés público de la contratación.

La concurrencia y competencia son a su vez reforzados por los principios de igualdad, publicidad y transparencia, los cuales, en resumidas cuentas, persiguen que la convocatoria a participar sea altamente difundida, así como todas las reglas y requisitos del procedimiento, los que deben ser y funcionar de igual manera para todos los participantes durante todas las etapas del proceso, incluyendo la ejecución y extinción del contrato resultante. Todos estos principios deben ser interpretados sobre la base del fin principal de un proceso competitivo de contratación pública, que es adjudicar eficientemente.

En lo que a la igualdad respecta, esta está exclusivamente dirigida a proteger la competencia, propiciando que todos los que concurran al...

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