Intervención forzosa de terceros en los arbitrajes del Centro de Resolución Alternativa

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"Intervención forzosa de terceros en los arbitrajes del Centro de Resolución Alternativa de Controversias"

José Bergés Martín

RESUMEN:

Un tercero no signatario de la cláusula o el compromiso arbitral ni del contrato que lo contiene puede ser solicitado a intervenir en un proceso arbitral en sus diferentes etapas por una de las partes, cuando el solicitante pueda demostrar que dicha cláusula o compromiso le es oponible o ha sido aceptada de manera implícita, siempre que el solicitante formule demandas específicas en contra del tercero, que exista un interés directo y legitimo en el resultado del arbitraje y que el tribunal acepte su intervención.

PALABRES CLAVES:

Cláusula arbitral, compromiso, pluralidad de partes, demandas nuevas, intervención forzosa, reglamento, consentimiento, acta de misión, Corte Internacional de Arbitraje, competencia, tasa administrativa, honorarios arbitrales, demanda específica, interés distinto, interés directo, interés legítimo, designación de árbitros, suspensión, laudo.

  1. INTRODUCCIÓN:

    El actual Reglamento de Arbitraje, de fecha 21 de julio del 2011 (RA), del Centro de Resolución Alternativa de Controversias (CRC) de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, introdujo novedosas figuras y conceptos procesales al proceso de arbitraje, abandonando la concepción bipolar que predominaba en el Reglamento del 25 de mayo del 2005, permitiendo demandas nuevas con posterioridad a la firma del acta de misión, la pluralidad de partes y la intervención voluntaria y forzosa de terceros, siguiendo las pautas de la Corte Internacional de Arbitraje y adaptándolas al arbitraje del CRC.

  2. LA EXTENSIÓN DE LA CLÁUSULA ARBITRAL A TERCEROS:

    La mejor doctrina y la práctica arbitral actual predican la "predisposición expansiva" de la cláusula arbitral, haciendo compatible su interpretación estricta y la exigibilidad de un escrito con la posibilidad de extender sus efectos a terceros, sobre la base de indagar más en la existencia de un verdadero consentimiento, expresado en la conducta asumida, que en la exigencia de la firma de un escrito.

  3. LA INTERVENCIÓN FORZOSA DE TERCEROS:

    En un artículo anterior nos referimos a la intervención voluntaria de terceros en los arbitrajes del CRC (Gaceta Judicial núm. 338, páginas 56 y siguientes) y ahora enfocaremos la forzosa para apreciar las escasas diferencias entre una y la otra.

  4. REGLAMENTO:

    Los artículos 6.4, 9.1 y 9.3 del RA disponen:

    6.4 El Bufete Directivo decidirá también, prima facie, la solicitud de intervención de un tercero hecha por una de las partes o presentada por este, con anterioridad a la constitución del Tribunal Arbitral.

    9.1 El Tribunal Arbitral podrá, a solicitud de una de las partes, aceptar la intervención en el procedimiento arbitral de uno o más terceros como partes, siempre que sea parte del acuerdo de arbitraje, se formulen en su contra demandas específicas y exista un interés directo y legitimo en el resultado del arbitraje. El Tribunal Arbitral podrá emitir un solo laudo o varios, con respecto a todas las partes implicadas en el procedimiento.

    9.3 En...

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