Legislación sobre delitos de computadora: necesidad impostergable

Páginas33301768

"Legislación sobre delitos de computadora: necesidad impostergable"

Manuel Vásquez Perrotta

En nuestros días la información ha tomado tal valor, que se ha convertido en un verdadero activo de nuestro patrimonio, es una propiedad intangible, y su procesamiento, transmisión y almacenaje rápidamente han sido identificados por el delincuente como una lucrativa fuente para sus ingresos malhabidos.

Los delitos de computadora y alta tecnología son una realidad sociológica bien diferenciada; presentan tales singularidades, tal peligrosidad y se multiplican tan rápidamente, que el derecho dominicano debe admitir su especificidad y erigirlos en una categoría jurídica especial para responder adecuadamente a esta nueva manifestación delictual.

El compudelito se desarrolla en el interior de las computadoras, su perpetradordeviene invisible e insonoro para la víctima. Es por ésta y otras razones de peso que hay que darle gran importancia a este tema ya que nos atrevemos a asegurar que ésta es la forma de delincuencia que mayor grado de impunidad asegura al delincuente hoy día.

Mientras la ejecución de los crímenes y delitos clásicos ha sido medida tradicionalmente en semanas, días, horas y minutos según la época de que se hable y la envergadura de la operación; hoy día la mayoría de los delitos de computadora son medidos en una nueva escala de tiempo que tiene como unidad el "segundo". Sólo hay que pensar en que luego de haber logrado acceso a los archivos deseados, el compudelincuente puede realizar su fraude a la velocidad del toque de una tecla.

Hoy por hoy existen: a) Delitos relacionados con los servicios de computadora, como el caso de "Robo de Tiempo de Computador"; b) Delitos relacionados con los datos o secretos importantes almacenados, como los de espionaje comercial e industrial; c) Delitos relacionados con los programas de computadora, como los de la piratería de programas; d) Delitos de tipo financiero, como el "robo", la estafa, falsedad de escritura digital por computadora; e) Delitos "relacionados" con el material de computadora (Hardware), como los de destrucción o robo de computadoras y sus periféricos por medios convencionales; f) Delitos de computadora y relacionados, que impactan a las personas: como los que atentan contra la moral, consideración y pudor de las personas, el abuso de las debilidades de un menor y sustracción de menores por vía electrónica, usurpación de personas con fines delictivos, secuestros y violaciones físicas facilitados por los medios electrónicos, asesinato por vía electrónica y el tecnoterrorismo.

Quince años atrás presenté a la consideración pública el primer Anteproyecto de Ley sobre Delitos Electrónicos de que se tuviera conocimiento en el país en muchas otras partes del mundo, sólo hay que pensar que en el momento en que estaba escribiendo dicho anteproyecto el ahora muy conocido World Wide Web (www -Sistema Global de hipertexto que utiliza Internet como su mecanismo de transporte-) no existía y no sería creado sino hasta el año siguiente de 1989 por el Laboratorio Europeo para Física de Partículas (CERN); luego en el año de 1996, ocho años más tarde, reintroduje el tema como último capítulo del primer libro que se escribiera en el país sobre el tema; sin embargo, en ninguna de las ocasiones y hasta el día de hoy, dicho trabajo ha hecho eco en los corrillos del Congreso Nacional.

Los tiempos han cambiado, los impactos del compudelito se hacen sentir cada vez con mayor frecuencia e intensidad, la experiencia nacional e internacional nos enseña cómo afecta la moral y consideración de las personas, su pudor y hasta su seguridad fisica, causando además mermas económicas de gran importancia, con muchas pérdidas no detectadas o no reportadas.

Es por todo lo anterior que vuelvo a someter a la consideración nacional, ahora por este honroso medio la comentada propuesta legislativa.

Modelo del texto de Ley:

De los crímenes y delitos de computadora, telecomunicaciones, alta tecnología y de otras infracciones relacionadas

Considerando: Que la "Información" se ha convertido en el recurso más importante de nuestros tiempos, cambiando con ello los fundamentos estructurales de nuestra sociedad, nuestra economía y la política.

Considerando: Que estos cambios nos introducen en la llamada "Era de la Información.

Considerando: Que capaz de almacenar, procesar y relacionar todo tipo de información, la computadora se ha convertido en el medio ideal y standard de facto para el manejo, almacenamiento y comunicación de la misma, brindando a los seres humanos, por sus características muy particulares, un ahorro significativo en los dos elementos más importantes de nuestra era: el tiempo y el espacio.

Considerando: Que, lamentablemente, en toda creación beneficiosa para la humanidad aparece el lado oscuro de su utilización, de una u otra forma encontrado por la mentalidad proclive del delincuente.

Considerando: Que los delitos clásicos contra el Estado, los bienes y las personas se seguirán cometiendo; pero sin duda alguna los delitos de carácter digital tomarán preponderancia; este es el signo de los tiempos.

Considerando: Que personas muy inteligentes auto excluidas social y laboralmente han encontrado en los delitos de computadora y alta tecnología una falsa vía de realización personal.

Considerando: Que se trata de un tipo de crimen en el que la información, como elemento primordial a proteger, es manipulada en el computador que la contiene a través de otro que sirve de instrumento entre otras técnicas utilizadas.

Considerando: Que se trata de un crimen inteligente y peligroso, por lo que debe ser tratado con inteligencia y energía.

Considerando: Que el impacto del conipudelito es real, la experiencia nacional e internacional nos enseña cómo afecta la moral y

consideración de las personas, su pudor y hasta su seguridad fisica, causando además mermas económicas de gran importancia, con muchas pérdidas no detectadas o no reportadas.

Considerando: Que el costo de los delitos de computadora y alta tecnología no se mide solamente en términos estrictamente monetarios; la información intangible almacenada en la memoria del computador tiene en ocasiones un valor incalculable, es comercialmente valorable y da nacimiento a un enorme poder en las manos del poseedor de la misma, pudiendo ser obtenida en contra de la voluntad del interesado, con lo que la confidencialidad y la privacidad de las personas e instituciones quedan comprometidas también.

Considerando: Que los compudelincuentes han diseñado un nuevo modelo de delito y han dirigido sus miras hacia nuevos blancos para realizar sus actividades fraudulentas de tipo adquisitivo y destructivo.

Considerando: Que hoy por hoy, la mayoria de los delitos clásicos pueden cometer contra las computadoras o a través del uso fraudulenta de las mismas. Que en muchas ocasiones, más que un nuevo comportamiento delictual, el uso de la computadora es un medio fresco e ingenioso para cometer los mismos crímenes y delitos que hasta hoy habíamos conocido. Sin embargo, la asimilación necesaria de estos delitosa los textos vigentes como condición "sine qua non" para su penalización, según el principio "milla paena sine lege praevia" que se encuentra a la base de nuestro Derecho Penal, será bastante teórica en algunos casos e imposible en otras.

Considerando: Que el legislador dominicano ya ha creado en otras ocasiones, nuevas incriminaciones para regular circunstancias especiales y siendo los delitos de computadora y alta tecnología una realidad sociológica bien diferenciada que presenta tales singularidades, tal peligrosidad y se multiplica tan rápidamente, que el derecho dominicano debe admitir su especificidad y erigirlos en una categoría penal especial para responder adecuadamente a esta nueva manifestación delictual.

Considerando: Que la Constitución de la República Dominicana faculta al Congreso de la Nación para dictar leyes que tipifiquen, incriminen y penalicen los actos que dañinos a los particulares, a la sociedad y a las entidades de derecho público y privado.

Vista: La Ley General de Telecomunicaciones No.153-98 del 27 de mayo del 1998 y La Ley 126-02 del 4 de Septiembre del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR