La Ley General de Telecomunicaciones una reforma estructural muy exitosa

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"La Ley General de Telecomunicaciones: una reforma estructural muy exitosa"

Fabricio Gómez Mazara

Catedrático e investigador. Estudios superiores en Economía Financiera, Regulación de Servicios Públicos y Defensa de la Competencia. Miembro del Consejo Directivo del Indotel en representación de las empresas prestadoras de servicios finales de telecomunicaciones.

fmazara@indotel.gob.do

Resumen: A poco más de veinte años de la promulgación de la Ley General de Telecomunicaciones parece casi imposible entender el crecimiento de los niveles de penetración y uso de las tecnologías de la información y comunicación sin hacer referencia a este eficaz instrumento legal y regulatorio. La Ley ha sido no solo un gran acierto en materia de políticas públicas, sino una de las más exitosas reformas estructurales.

Palabras claves: Indotel, tecnología, regulación, convergencia e interconexión, telecomunicaciones, República Dominicana.

A poco más de veinte años de la promulgación de la Ley General de Telecomunicaciones, número 156-98, parece casi imposible entender el crecimiento de los niveles de penetración y uso de las tecnologías de la información y comunicación sin hacer referencia a este eficaz instrumento legal y regulatorio.

Influenciada por el impacto que produjo en la industria la Ley de Telecomunicaciones de Estados Unidos (Telecommunication Act) de 1996, la Ley 153-98 tenía la urgencia de abordar temas contingentes como la aparición de un nuevo competidor que desafiaba al histórico incumbente en el mercado de llamadas internacionales y que, ante la ausencia de una ley, los conflictos de entonces debieron zanjarse por la vía de decretos presidenciales.

El nuevo ordenamiento jurídico estructuraba al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) como el organismo regulador con el objetivo de promover el desarrollo ordenado y eficiente del sector de las telecomunicaciones. Las principales características que la ley otorgaba al Indotel eran las siguientes: a) autonomía funcional, jurisdiccional y financiera; b) imparcialidad; y c) profesionalidad, dado que debía estar integrado por personas de incuestionable experiencia en el área de las telecomunicaciones y profesiones afines.

La ley estableció la creación de una figura impositiva definida como la contribución al desarrollo de las telecomunicaciones (CDT) que consiste en una alícuota del 2 % de la factura que pagan los usuarios de los servicios finales. El objetivo perseguido era financiar las actividades del órgano regulador, así como a los diversos proyectos asignados al Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT) para ampliar la cobertura de servicios en aquellas comunidades que no estaban servidas.

Para entender la razón de este nuevo impuesto es necesario aclarar dos temas respecto de la historia de la industria de telecomunicaciones en el país.

Primero, a diferencia de lo ocurrido en la región latinoamericana, desde sus inicios el sector de telecomunicaciones estuvo en manos del sector privado, con un único operador, casi desde los inicios de la industria de redes, que prestaba sus servicios principalmente en sectores de alta densidad poblacional.

Esto le permitía obtener alta rentabilidad, asumiendo un riesgo importante debido a la ubicación geográfica del país donde la frecuencia de fenómenos atmosféricos impacta negativamente la infraestructura requerida para proveer los servicios.

Segundo, debido a la existencia de un operador único, el contrato suscrito con el Estado tenía un régimen tributario especial que establecía un canon del 10 % sobre los ingresos brutos nacionales percibidos.

Varios años después de la entrada en vigencia de la Ley 153-98, y con cuatro operadores compitiendo por ampliar o mantener su participación de mercado, el Poder Ejecutivo mediante decreto le dio a las empresas la opción de tributar de acuerdo a lo establecido por el Código Tributario en el título II del impuesto sobre la renta y sus modificaciones , pues ante la presencia de una competencia efectiva en el sector, resultaba discriminatorio mantener un régimen tributario a las empresas de telecomunicaciones distinto a los demás sectores de la economía.

Sin embargo, era esperable que la competencia por sí sola no garantizara, al menos en el corto...

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