Ley Nº 0000. Constitucion de la Republica Dominicana

Fecha de disposición28 Noviembre 1966
Fecha de publicación01 Enero 1966
Número de registro3318051
Número de Ley0000
CONSTITUCION
DE
LA
REPUBLICA
DOMlNlCANA
DE
1966
I.
.-
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.
1_
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,.
LA ASAMBLEA NACIONAL
EN
NOMBRE
DE
LA
REPUBLICA
Constituida en Asamblea Revisora
de
la Constitucih,
de-
Clara en vigor el siguiente texto de la
CONSTITUCTON
DE
LA
REPUBLICA
DORIINICANA
TITULO
I
SECCION
I
De
la Nacih, de
su
Soberania
y
de
su
Gobierno.
Art.
1.-El
pueblo dominicano constituye una Naci6n orga-
nizada
en Estado libre e independiente, con el nombre de
Re-
ptiblica Dorninicana.
Art. 2.-La soberania nacional corresponde a1 pueblo, de
quien
emanan
todos
10s
poderes del Estado,
Tiis
males
se
ejer-
cen por representacih.
Art.
3,-La
soberania de
la
Naci6n dominicana como
Es-
tad0 libre
e
independiente es inviolable. La Reptiblica
es
y
ser4
siempre
libre
e
independiente de todo Poder extranjero. Por coo-
-1v-
siguiente, ninguno
de
10s
poderes ptiblicos organizados por la
presente Constitucih podra realizar
o
permitir la realizaci6n de
actos que constituyan una intervencion directa
o
indirecta en
10s
asuntos internos
o
externos de la Republica Dominicana
o
una ingerencia que atente contra la personalidad
e
integridad
del Estado
y
de 10s atributos que se le reconocen
y
consagran en
esta Constitucih. El principio de la
no
intervencion constituye
una norma invariable de la politica internacional dorminicana.
La Republica Dominicana reconoce
y
aplica las normas del
Derecho lnternacional general
y
americano en
la
medida en que
sus
poderes publicos las hayan adoptado
y
se pronuncia en fa-
vor de
la
solidaridad econornica de 10s paises de Ambrica
y
apo-
yarh
toda iniciativa que propenda a la defensa de
sus
productos
bhsicos
y
materias primas.
Art. 4.-El gobierno de la Nacion es esencialmente civil,
republicano, democratic0
y
representativo.
Se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo
y
Poder
Ju-
dicial. Estus tres poderes son independientes
en
el
ejercicio de
sus
respectivas funciones. Sus encargados son responsables
y
no
pueden delegar
sus
atribuciones, las cuales son unicamente las
determinadas por esta Constitucion
y
las leyes.
SECCION
I1
Del Territorio.
Art.
5.-El
territorio de
la
Reptiblica Dominicana es
y
ser0
inalienable. Est6 integrado por la parte oriental de la isla de
Santo Doming0
y
sus islas adyacentes. Sus limites terrestres
irreductibles esth fijados por el Tratado Fronterizo de
1929,
y
su Protocolo de Revisi6n de
1936.
Se
divide politicamente en un Distrito Nacional,
en
el
cud
estar6 comprendida la Capital de
la
Reptiblica,
y
en las
provin-
cias que determine la ley. Las provincias a su vez se dividen
en
municipios.
Son tambi6n
parte
del terjritorio nacional, el mar territorial
y
el
suelo
y
subsuelo submarino correspondientes,
asi
como el
espacio
adreo
sobre
ellos
comprendido. La extensi6n del may te.

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