Ley Nº 0000. Ley de Gastos Publicos y Leyes que la Modifican

Fecha de disposición01 Enero 1937
Fecha de publicación01 Enero 1937
Número de registro3270509
Número de Ley0000
Res.
m.7-95
VISIOS
las
Incism
14
y
19
del
&tido
37
de la Cbnstitucih
dt3
la.
kp6bIica.
VISTD:
El
Qntrato de
Prestam
No.588-FG,
suscrito en
fecha
7
de
my0
de
1993,
entre el Gobierm de la Rep?blica Dminkana
y
el
Ebr&
de
la
Organizacih de
Bises
&portadores
de
Petrhlm
(OPEP).
LNICD:
APRXAR
el contrato de
~&tam
NO.%~-PG,
suscrito
en
fsha
7
de
myo
de
1993,
entre el Gobierm de la Repblica
Dominicans,
representado
pr
La s&ra Angelina Bonetti de Herrera, kcargada de
Negocios
de
la
*haisi&.
Permanente de
la
kp&lica Daninicana ante
las
Naciones Unidas, de una
parte;
y
de la otra
parte,
el
Fhdo
de la Organizaci6n de
Bises
ESrportadores
de
*trcjleo
(OPEP),
representado
por
el!
s&r
H,
E.
Cxsama
E'aquih, Presidente de
la Junta de Directores, mediante el
cual
esta Gltima institucibn
otorga
un
pr6sta.m
cuyos recursos seril.1
utilimdos
exclusivamente
para
Pa
importacik
de
diferentes varidades de trigo
en
grm
pra
ser
moSidn
con
la finalidad
de
enfrentar parte de la dda ddstica
de
prductos
de
trigo.
EL
mntn
de
dicho pr6stamo asciende
a
la
sum
de
diez millones de
d6lares
(US$lO,
000.000.00)
i
ser6
amstizado
pr
el Rest-atlario wediante trece
(
13)
antas
semestrales iguales
annsecutivas
a
~~$714,230.00
cada
una
y
UM
iiltim
por
un
valor de US$714,360.00.
FJ
inter& del.
Px6stam
seria de
un
tres
par
ciento
(38)
anual,
&s
un
cargo
por
servicin de
una
por
ciento
(1%)
anual,
el
plazo
total
seria de diez
(10)
&s
para
el repago, incliTyend0 tres
afbs
de
gracia para el principal,
el
cual
se
mrtizaria
a
partir
del
15
de
my0
de
1996;
que copiado a letra dice
as;:
INTERPRETE
JUDICIAL,
del Jqado de Primera Instaxicia del Distrito
&cicmi5.1~
debidamente
juramenta&
para el ejercicio
lqal
de
mi
cargo.
-4-
CEKTIFI03: que
he
procedido
a la traducci6n
de
un
dmumento escrito
en
el
idiuna
IIKLEs
cuya ver
s
i6n a1
cAs-
sqih
mi criterio
y
mejor
saber,
es el
siguiente:
Entre
IA
REHIRLICA
ROMINICANA
Y
FQR
CtJAMIQ,
10s
pahs
ndembrm
de la
Opep,
mnscientes de la necesidad de
solidaridad
entre
t&a
Ins
paises
en
via
de
desarrolla
y
enterad68
de
la
inprtmia de
la
aqeracich
fimiera entre
ellos
y
otros paises
en
via
de
bsarrolla,
han
eetablacido
el
RX&
para
proveer a
estos
irltims
paises
ayuda
firmmiera
en
candicimee
mncesicmirias, en adicib a
10s
canales
bilatexales
y
multilaterales
detentes
a
travhs
de
Ins
cuales
1-
wises
miembros
de
la
qpeP
han
extendido asistencia financiera a
ntrrna
pises
en via de desarrc.rllo;
#IR
CUANTO,
el
Preetatarin
ha
hec2r,
declaracioms
CMI
respecto
a
dificultades
para
SUB
pagoa3
exterms
y
el
Fando
ha
nnt-ado
que tales dificultades de
paps
han
impuesto
0
prcibablemente
impedirtin la ejecucih
de
qeracianes financiadas
pr
eb
y
que
la
asistencia
del
h&
a1
financiar
los
programas
&sexitme
en
sP
apk3ice
1
de
este
Acuerdo,
aliviaria
tales
dificultades,
€OR
0,
la
Junta Directiva del
Fondo
ha
aprohdo el otorgdento de un
pr6StaIKn
a1
Prestatario por la
suma
de DIEL
MILu3NEs
DE
DOLARES
~vs$10,000.000.00)
seg6n
10s
t&minos
y condiciones
que
se indican en lo
adelante
:

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