Ley Nº 103. Ley que Designa Con el Nombre de "profesor Julio Cesar Curiel" la Escuela Primaria de "el Corozo", Moca.

Fecha de publicación01 Enero 1967
Número de registro3319836
Número de Ley103
Fecha de disposición15 Marzo 1967
Número de Gaceta9026
-32-
b&cret.r,
h’o
6351;
que-agrega
un
pQri-afo
a1
Art.
C8,
y
deroga
el
Art.
69
de]
Regdamento
Interno
de
co
Central
de
a
NO
3854.-
Oy-NO
8543.
,del
25
de
Enero
de
196
de
la
Republica
D
~
I.
.
JOAQUIN
B~LAGUER‘
I
b.
I.
i---
-,
.
-
NlJRlERO
6351
CONSIDERANDO
:
que
10s
diversos Gobernadores
que
ha lenido el Banco Ceiitrai
de
la Republica Doininkana
hall
.dado
una
interpretation
acornodaticia, abUSiVa
y
arbitratria
a1
test0 de1
Art.
68
del Reglamento Interno del Hanco
(h-~tral
de
la
Republica en perjuicio de
10s
intereses
del
Gobierno
y
en beneficio de
ellos
niisriios
y
de
otros
funcionarios
y
em-
pleados
de
dicha
instituci6n;
I‘ISTAS
las
‘disposiciones
de
la
Ley
Organica del Banco
Central
No
1529.
del
9
de
octubre
de
1945,
y
sus
niodificaciones;
En
ejercicio de
las
atribuciones
que
me confiere
el
ar-
Yiculo
54
de la ConstituciGn d‘e
la
Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Art.
1.-Se
agrega un
phri-afo
a1
articulo
68
del Regla-
hiento Intei-no del Pianco
Ccniral
de
la
Republica Dominica-
na,
N(’
3851,
de fecha
14
de junio de
1958,
con
el
siguiente
texto:
“Phrrafo.--En
ningiin
cas0
se
aplicarh
Ia disposicih del
PArrafo
final del
articulo
1’73
del
Ctidigo
de
‘l’rahajo”.
.Art.
2.-Se
$kcroga
ei
articulo
G!)
del
niencionado Regla-
menlo
Inte~no
del
Banco
Ceiil~al
de
la
Republica
1)oirlinicana.
DA’DO en
Ciudad
Tnijillo,
Distriio
Kaciona’l, Capital de
la Republica Doiiiiiiicana,
a
10s
once
dias
del
iiles
de
enero
del lllil IlOVecientoS sesenta
y
uiio,
aiios
117Q
de
la
1ndel)en-
cia,
!IsQ
de
la
Restauracicin
de la
&-a
de ‘rr~~ji110.
1
JOA
(ZL’IA’
BA1,AGCER
Deereto
NC,
6352,
que autoriza a1 Lic.
Luis
Josi!
Dub&,
a
aceptal*
y
uSar
una condecoracion extranjera.
G.
0.
No
8542,
del
21
de
Enero
de
1961.
Prrsidenfe
de
la
Re
publiicc
DomiIiicQl1a
JOAQUIN
BALAGUER
NUMZRO
6352
1
T’ISTA
la
instancia
elevada
2.1
Poder
Ejecutivo
por
el
Lic,

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