Ley Nº 105-13. Ley sobre Regulacion Salarial del Estado Dominicano

Fecha de disposición06 Agosto 2013
Número de Ley105-13
Fecha de publicación08 Agosto 2013
Número de registro3370584
Número de Gaceta10722
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Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado dominicano. G. O. No. 10722 del
8 de agosto de 2013.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 105-13
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Artículo 138 de la Constitución sujeta la
Administración Pública, en su actuación, a principios de eficacia, jerarquía, objetividad,
igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 144
establece que “Ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma
simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia. La ley establecerá las
modalidades de compensación de las y los funcionarios y empleados del Estado, de acuerdo
con los criterios de mérito y características de la prestación del servicio”.
CONSIDERANDO TERCERO: Que en cumplimiento del mandato constitucional
contenido en el Artículo 144, es necesario establecer los criterios para una remuneración
adecuada de todos los cargos del sector público dominicano, incluyendo los de alto nivel.
CONSIDERANDO CUARTO: Que transparentar, de acuerdo a criterios objetivos, las
remuneraciones percibidas por los servidores públicos, facilita la vinculación de la
complejidad, atribuciones y desempeño de su cargo, con los valores monetarios percibidos
en un marco de equidad y con fundamento legal.
CONSIDERANDO QUINTO: Que es necesario conformar un régimen de salarios y
demás remuneraciones de los cargos del sector público, en el que se definan sus
componentes, con la finalidad de garantizar la uniformidad y la transparencia.
CONSIDERANDO SEXTO: Que la política y subsecuente escala salarial deben corregir
las distorsiones existentes, reducir la brecha y proveer a los órganos rectores mecanismos y
procedimientos coherentes, apegados a los principios de transparencia y rendición de
cuentas.
CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que una ley que transparente los componentes
remunerativos de los cargos del sector público aporta a la sociedad un mensaje de claridad,
información y de control del gasto, garantizando el derecho a la auditoría social.

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