Ley Nº 106-04. Ley que Eleva el Distrito Municipal de Guerra, del Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a la Categoria de Municipio.

Fecha de publicación01 Enero 2004
Fecha de disposición24 Febrero 2004
Número de Ley106-04
Número de registro3342362
Número de Gaceta10262
-10-
DADA
en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dorninicana, a 10s
trece (13) dias del mes de agosto del aiio dos mil dos (2002); aiios 159 de la Independencia
y 139 de la Restauracion.
Andrks Bautista Garcia,
Presidente
Ramiro Espino Fermin,
Secretario
Julio Ant. Gonzilez Burell,
Secretario Ad-Hoc.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para
su
conocimiento y cumplimiento.
DADA
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de febrero del aiio dos mil cuatro
(2004),
aiios
160 de la Independencia y 140 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Ley No.
106-04
que eleva el Distrito Municipal de Guerra, del municipio de Santo
Domingo Este, provincia Santo Domingo, a la categoria de Municipio.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No.
106-04
CONSIDERANDO:
Que 10s pobladores del Distrito Municipal de Guerra,
municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, plantean la necesidad de que
su
comunidad sea elevada de categoria, sobre la base de
su
progresivo crecimiento y
desarrollo;

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