Ley Nº 126-15. Ley que Transforma el Banco Nacional de Fomento de la Vivienda y la Produccion (bnv), en el Banco Nacional de las Exportaciones (bandex).

Fecha de disposición17 Julio 2015
Número de Ley126-15
Fecha de publicación01 Enero 2015
Número de registro3374315
Número de Gaceta10807
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Ley No. 126-15 que transforma el Banco Nacional de Fomento de la Vivienda y la
Producción (BNV), en el Banco Nacional de las Exportaciones (BANDEX). G. O. No.
10807 del 20 de julio de 2015.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 126-15
CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Estrategia Nacional de Desarrollo (END), 2030,
advierte que la expansión de las exportaciones es clave para lograr el crecimiento sostenido
de la economía dominicana, y evitar o reducir el déficit de la cuenta corriente de la balanza
de pagos, así como el endeudamiento externo excesivo, contribuyendo además a fortalecer
las reservas internacionales, preservar la estabilidad cambiaria y generar un mayor nivel de
empleos.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la primera línea de acción de la Estrategia Nacional
de Desarrollo (END) 2030, establece que para impulsar el desarrollo del sector exportador
deben fortalecerse a lo interno los esquemas de financiamiento y las políticas de promoción
a las exportaciones de bienes y servicios, con énfasis en la ampliación de la oferta
exportable de productos de alto valor agregado y la diversificación de los mercados.
CONSIDERANDO TERCERO: Que en los últimos decenios ha venido incrementándose
el déficit en cuenta corriente de la balanza de pagos, y que la proporción de las
exportaciones nacionales con respecto a las mundiales ha venido disminuyendo, lo que
conmina al Gobierno dominicano a identificar mecanismos que reviertan esa tendencia.
CONSIDERANDO CUARTO: Que las actuales imperfecciones del mercado financiero
limitan la posibilidad de canalizar el nivel de recursos que se necesita para lograr un
adecuado financiamiento de las exportaciones, fundamentalmente en los sectores
productivos no tradicionales.
CONSIDERANDO QUINTO: Que una manera de mejorar la competitividad del sector
exportador es instaurando los instrumentos necesarios que puedan propiciarla, con la
creación de instituciones que suplan el financiamiento requerido para facilitar el proceso
productivo previo de las exportaciones de bienes y servicios, en vista de que el adecuado
financiamiento en las instituciones existentes es muy limitado, debido a fallas de mercado,
de información asimétrica y costosa, de ponderación de mayores riesgos, debilidades
jurídicas, regulatorias o causas similares.
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CONSIDERANDO SEXTO: Que las mejores prácticas internacionales evidencian la
necesidad de que los Estados cuenten con una banca de fomento especializada que
promueva el desarrollo de los sectores claves para un crecimiento sostenido de la economía,
actuando como banca de primer y segundo piso, para soportar financieramente las políticas
y estrategias de desarrollo.
CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que es urgente promover el desarrollo económico, elevar
la producción y la productividad, y utilizar más racionalmente los recursos disponibles,
canalizando el flujo crediticio hacia sectores claves de la economía.
CONSIDERANDO OCTAVO: Que mediante la Ley No.6-04 de fecha 11 de enero del
2004, el Banco Nacional de la Vivienda (BNV) fue transformado en Banco Nacional de
Fomento de la Vivienda y la Producción (BNV), encargado del financiamiento de
necesidades de distintos sectores, como hipotecario, vivienda, industria, agropecuaria, entre
otros, enfoque que dificulta la necesidad de focalizar y dirigir los recursos escasos hacia
actividades que no estén siendo cubiertas adecuadamente por el sistema financiero nacional.
CONSIDERANDO NOVENO: La necesidad de disponer de una entidad financiera que se
especialice en el financiamiento al sector exportador de bienes, sin que compita con el
sector financiero privado, sino más bien complementándolo.
CONSIDERANDO DÉCIMO: Que la nueva entidad financiera deberá asumir una
posición proactiva en el impulso de las exportaciones nacionales, de forma que contribuya a
que el país cumpla las metas contenidas en la Estrategia Nacional para el Desarrollo (END)
2030 del monto proyectado en las exportaciones, así como de su participación en el
comercio internacional.
VISTA: La Ley No.6186, sobre Fomento Agrícola, de fecha 12 de febrero del 1963.
VISTA: La Ley No.19-00, sobre Mercado de Valores, de fecha 8 de mayo del 2000.
VISTA: La Ley No.87-01, que crea el Sistema de Seguridad Social, de fecha 9 de mayo del
2001.
VISTA: La Ley No. 183-02, del 21 de noviembre de 2002, que aprueba la Ley Monetaria y
Financiera.
VISTA: La Ley No. 6-04, del 11 de enero de 2004, que convierte el Banco Nacional de la
Vivienda (BNV) en Banco Nacional de Fomento de la Vivienda y la Producción (BNV).
VISTA: La Ley No.6-06, que crea el Crédito Público, de fecha 20 de enero del 2006.
VISTA: La Ley Orgánica No.423-06, de Presupuesto para el Sector Público, de fecha 17 de
noviembre del 2006.

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