Ley Nº 139-11. Ley sobre Reforma Tributaria, Con el Proposito de Aumentar los Ingresos Tributarios y Destinar Mayores Recursos en Educacion.

Número de registro3366485
Fecha de publicación01 Enero 2011
Fecha de disposición24 Junio 2011
Número de Ley139-11
Número de Gaceta10623
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Ley No. 139-11, sobre Reform a Tributaria, con el prop6sito de aum entar los ingresos
tributarios y destinar mayores recursos en educaci6n. G. 0. No. 10623 del 28 de junio
de 2011.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Repùblica
Ley No. 139-11
CONSIDEIU NDO PRIMERO: Que es necesario incrementar de forma sostenida el gasto
en educaciôn como uno de 1os componentes estratégicos de1 desarrollo econômico y social.
CONSIDEIG NDO SEGUNDO: Que el Presupuesto General de1 Estado fue elaborado en
base a unos niveles de ingresos limitados para satisfacer 1% necesidades demandadas a
favor de la educaciôn.
CONSIDEIU NDO TERCERO: Que la poblaciôn y 1os sectores representativos de la
sociedad dominicana han solicitado a 1as autoridades un increm ento de1 gasto
presupuestado a favor de la educaciôn.
CONSIDEIG NDO CUARTO: Que en la Carta de lntenciôn se establece que se aplicarân
una serie de medidas de politica tributaria con el propôsito de increm entar 1os ingresos
tributarios, para de esta manera cumplir con 1os objetivos de1 Programa Macroeconômico
de1 Acuerdo Stand By con el Fondo Monetario lnternacional (FM1) aprobado en noviembre
de 2009.
CONSIDEIG NDO QUINTO: Que se ha observado que el rendimiento tributario
derivado de 1as apuestas y juegos de azar no estâ en correspondencia con el volumen de
actividad y de ingresos generados por ese sector.
CONSIDEIU NDO SEXTO: Que existe la necesidad de establecer un sistema impositivo
comfm y equitativo para 1os diferentes tipos de juegos que garantice el aprovechamiento de
renta a favor de1 Estado y para mitigar 1os costos sociales.
CONSIDEIU NDO S/PTIMO: Que el DR-CAFTA establece que la Repflblica
Dom inicana no podrâ mantener mâs allâ de1 31 de diciembre de 2009, 1% exenciones de
aranceles aduaneros existentes condicionadas al cumplimiento de un requisito de
desempefio, y que en la Ley No. 8-90, de fecha 15 de enero de 1990, sobre Fomento de
Zonas Francas de Exportaciôn, se establece un limite porcentual a la comercializaciôn en el
mercado local de 1os bienes y servicios producidos por 1as empresas de zonas francas.

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