Ley Nº 14-90. Ley sobre Incentivo Al Desarrollo Electrico Nacional.

Fecha de disposición01 Febrero 1990
Fecha de publicación01 Enero 1990
Número de Ley14-90
Número de registro3330437
Número de Gaceta9777
-3-
Ley No.14-90 sobre Incentivo a1 Desarrollo Elkctrico Nacional.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
LEY No.
14-90
CONSIDERANDO: Que es funcion esencial del Estado Dominicano crear
las condiciones necesarias para que se multipliquen las fuentes de produccion generadoras
de riquezas, y establecer asimismo 10s mecanismos adecuados para lograr que la misma se
traduzca en un bienestar que alcance a todos 10s sectores de la poblacion dominicana;
CONSIDERANDO: Que la energia electrica es fuente primaria esencial para
el desarrollo socio-economico de la Nacion;
CONSIDERANDO: Que la construccion de instalaciones generadoras de
energia electrica requiere un largo tiempo y
sus
costos representan una cuantiosa inversion
para el Estado Dominicano, el cual esta obligado a distribuir en forma equitativa
sus
limitados recursos entre las diversas areas que promuevan el desarrollo socio-economico
del pueblo dominicano;
CONSIDERANDO: Que la empresa privada nacional e internacional ha
manifestado interes en invertir en el sector de energia electrica;
CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano entiende y garantiza el
principio de la libertad de empresa establecido en el Articulo
8,
Acapite
12,
de la
Constitucion de la Republica, como facultad de 10s empresarios privados nacionales
o
foraneos de invertir
sus
recursos propios en toda actividad que no este expresamente
prohibida por la Ley;
HA DADO LA SIGUIENTE LEY
:
DE INCENTIVO AL DESARROLLO ELECTRIC0 NACIONAL
CAPITULO I
OBJETIVO Y APLICACION
Articulo
1.-
La presente Ley tiene por objeto el foment0 y estimulo de
empresas de energia electrica nuevas
o
existentes, nacionales
o
extranjeras,

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