Ley Nº 1555. Prorroga para la Transcripcion de los Actos Traslativos de Propiedad.
Fecha de disposición | 15 Agosto 1938 |
Número de Ley | 1555 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1938 |
Número de registro | 3274510 |
Número de Gaceta | 5210 |
-529-
ARTICZLO
6“.
Los Parrafos
2,
3,
4
y
5.
de
la Orden
Eje-
Toda ley
o
parte de ley contraria a la pre-
cutiva
No.
385,
quedan revocados
.
ARTICULO
7”.
sente, queda derogada
.
6
*
THOMAS
SNOWDEN,
Contra Almirante de la Armada
de
10s
Estados
Unidos.
Gobernador Militar
de
Santo Domingr.
‘Santo Domingo,
R.
D.,
5
d,e Uiciembre de
1920.
GOBIERNO MILITAR
DE
SANTO DOMINGO.
Orden Ejecutiva
No.
573.
G.
0.
No.
3175.
-
LEY
SOBRE DIFAMACION
.
En
virtud de
10s
poderes de que
se
halla investido
e
00-
bierno Militar de Santo Domingo, se promulga la siguiente Or-
den
:
ARTICULO
1“.
.
Se conceptdan delitos la “difamaci6n” y la
*‘injuria”,
segh
quedan definidas y penadas en esta Ley.
.
ARTICULO
2”.
La
difamacidn
o
la injuria pdblica diri-
gida contra ‘el, Gobierno de
10s
Estados Unidos de America,
o
cualquier oficial
o
funcionario del mismo,
o
contra el Gobierno
Militar desanto Dorningo,
o
cualquiera de
sus
oficiales
o
fun-
cionarips,
se
castigarh con pena no mayor de
dos
aiios de
prL
sidn coFemona1,
o
multa no mayor de mil dblares,
o
ambas
penaw.
ABTICULO
3”.
Difamacidn
es
la alegacion
o
imputaci6n
de
ply
B&..rpue
ataca el honor
o
la con8ideracibn
de
la
persona
o
dei
cuQ&.
a1 cual
&e.
imputa. Se califica injuria cualquiera
expredbijn &rentosa, cwlquiera invectiva
o
grmino de desprecio,
que no*.@n&rfe la imputacih de un hecho preciso.
b
.
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