Ley Nº 173-07. Ley de Eficiencia Recaudatoria.

Número de Ley173-07
Fecha de disposición17 Julio 2007
Fecha de publicación19 Julio 2007
Número de registro3344574
Número de Gaceta10425
EmisorDIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO.
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DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de julio del aiio dos mil siete (2007); aiios
163 de la Independencia y 144 de la Restauracihn.
LEONEL FERNANDEZ
Ley No. 173-07 de Eficiencia Recaudatoria.
EL CONGRESO NA XONA
En Nombre de la Republica
Ley No. 173-07
CONSIDERANDO 1: Que la Republica Dominicana se encuentra inmersa en un proceso
de apertura global y de integracihn comercial, destacandose el Tratado de Libre Comercio
firmado con Estados Unidos, asi como un proceso de modernizacihn y eficientizacihn de
sus
instituciones;
CONSIDERANDO
2:
Que la Direccihn General de Impuestos Internos (DGII) trabaja
para sentar las bases para convertirse en una institucihn moderna, eficaz y transparente, en
un esquema de calidad total, cuyos objetivos respondan a un modelo de gestihn
fundamentada en las mejores practicas;
CONSIDERANDO 3: Que en ese orden, la Direccihn General de Impuestos Internos
(DGII) esta llevando a cab0 un ambicioso plan para mejorar la recaudacihn, creando
mecanismos sistematizados y manuales eficientes de control de 10s contribuyentes, todo
ello utilizando 10s avances tecnolhgicos modernos;
CONSIDERANDO
4:
Que en este sentido, la Direccihn General de Impuestos Internos
(DGII) realiza esfuerzos para ejecutar programas que contribuyan a reducir
sus
costos
operativos, avanzando en la puesta en vigencia de sistemas de pagos de tributos a traves de
la red bancaria y convirtiendo la Internet en un vehiculo eficiente de informacihn, ejecucihn
de transacciones y mejor servicio en general;
CONSIDERANDO
5:
Que para lograr 10s objetivos de la simplificacihn y eficientizacihn
en la percepcihn de 10s tributos, es imprescindible la derogacihn
o
modificacihn de
determinados tributos, debido a que no cumplen en la actualidad 10s objetivos para 10s
cuales fueron creados, y aportan sumas muy reducidas a 10s ingresos fiscales, ya sea por
su
desuso
o
cambios en la realidad econhmica;
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CONSIDERANDO
6:
Que, asimismo, para simplificar el regimen tributario, es precis0
reducir 10s variados conceptos de impuestos que existen para numerosas categorias de
documentos, asi como unificar multiples obligaciones impositivas contenidas en diferentes
leyes en un solo tributo, que haga mas facil el pago para el contribuyente y reduzca el costo
de la adrninistracion en la recaudacion de 10s tributos:
CONSIDERANDO
7:
Que resulta necesario, para dar coherencia a estos esfuerzos, que se
modernicen algunos aspectos del regimen tributario y las vias de recaudacion,
flexibilizando 10s instrumentos a traves de 10s cuales se recauda, haciendo posible para la
DGII el sustituir las especies timbradas por recibos de mas facil manejo y mejor control; y
posibilitar acuerdos con instituciones publicas y entidades de intermediacion financiera
para diseiiar mecanismos que aseguren una manera directa y eficiente de recaudar y
permitan una agil transferencia de 10s recursos a las cuentas nacionales, con menor costo de
recaudacion;
CONSIDERANDO
8:
Que, por ultimo, es necesario que la DGII pueda mejorar
continuamente
su
servicio y eficientizar
sus
mecanismos de gestion en forma sostenida,
utilizando tecnologia de punta que contribuya igualmente a disminuir para el contribuyente,
10s costos de cumplir
sus
obligaciones fiscales, incrementando en el mediano plazo el nivel
de competitividad de las empresas y colaborando para que puedan insertarse eficazmente
en un comercio cada vez mas global.
VISTA:
La Ley No.1646, del 14 de febrero de 1948, sobre Impuestos a 10s Espectaculos
Publicos, y
sus
modificaciones;
VISTA:
La Ley No. 39-88, del 26 de mayo de 1988, que establece un impuesto adicional
sobre las bebidas alcoholicas y cigarrillos rubios;
VISTA:
La Ley No. 659, del 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil;
VISTA:
La Ley No. 259, del 31 de diciembre de 1971, que regula la produccion, calidad y
comercializacion de 10s alimentos para animales.
VISTA:
La Ley No. 67, del 20 de noviembre de 1974, que crea la Direccion General de
Parques, y
sus
modificaciones;
VISTA:
La Ley No. 1683, del 16 de abril de 1948, sobre Naturalizacion de Extranjeros,
modificada por las Leyes Nos.2092, de fecha 27 de agosto de 1949, y 3355, de fecha 3 de
agosto de 1952;
VISTA:
La Ley No. 136, del 23 de junio de 1983, que establece sellos a las conclusiones
de divorcios;
VISTA:
La Ley No. 262, del 17 de abril de 1943, sobre Sustancias Explosivas;

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