Ley Nº 186-02. Ley que Eleva la Seccion Palo Verde, del Municipio de Castañuelas, Provincia Montecristi, a la Categoria de Distrito Municipal

Número de Ley186-02
Fecha de publicación01 Enero 2002
Número de registro3340841
Fecha de disposición16 Diciembre 2002
EmisorSECRETARIA DE ESTADO DE INTERIOR Y POLICIA.
Número de Gaceta10188
I
-5-
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO
la presente Ley
y
mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para
su
conocimiento
y
cumplimiento.
DADA
en la ciudad de Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a
10s
dieciskis (16) dias del mes de diciembre del aiio
dos mil
dos
(2002); aiios 159 de la Independencia y 140 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Ley No.
186-02
que eleva la secci6n Palo Verde, del municipio de Castaiiuelas,
provincia Montecristi, a la categoria de Distrito Municipal.
EL
CONGRESO
NACIONAL
En
Nombre de la Republica
Ley
No.
186-02
CONSIDERANDO:
Que el poblado de Palo Verde, ubicado en la Seccih
que pertenece a1 Municipio de Castaiiuelas, tiene una poblacion que asciende a diez mil
quinientos dieciocho habitantes (103
18),
y
una pujanza econbmica representada por mas
de 190 casas comerciales, en todas sus secciones.
CONSIDERANDO:
Que Palo Verde cuenta con un area cultivable de 160
kilometros cuadrados, de Cstos, unos 120 kilometros son irrigados
y
10s
40
kilometros
restantes son secanos.
CONSIDERANDO:
Que las actividades industriales, educativas, sociales,
culturales, sindicales, religiosas, politicas
)
deportivas hacen de Palo Verde una
colectividad pujante
y
progresista que reclama el incentivo indispensable para
su
pleno
desarrollo.
VISTA
la
Ley
No.
5220,
sobre Divisibn Territorial de la Republica
Dominicana, del
2
1 de septiembre del afio 1959, y sus modificaciones.

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