Ley Nº 225-07. Ley que Modifica el Art. 9 de la Ley No. 241 del Año 1967, sobre Transito de Vehiculos, Modificado por las Leyes Nos. 56-89 y 495-06.

Fecha de publicación14 Septiembre 2007
Fecha de disposición05 Septiembre 2007
Número de Ley225-07
Número de registro3346324
Número de Gaceta10439
EmisorDIRECCION GENERAL DE TRANSITO TERRESTRE (DGTF).
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Ley No. 225-07 que modifica el Art. 9 de la Ley No. 241 del ano 1967, sobre Trhsito
de Vehiculos, modificado por las Leyes Nos. 56-89 y 495-06.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Ley No. 225-07
CONSIDERANDO: Que el Gobierno dominicano ha cumplido satisfactoriamente con
todas las metas y comprornisos contraidos con el Fondo Monetario Internacional (FMI);
CONSIDERANDO: Que la implementacihn de 10s Comprobantes Fiscales ha tenido
como consecuencia un incremento sostenido de las recaudaciones:
CONSIDERANDO: Que el superavit fiscal que se proyecta para final del aiio
2007
permite a1 Gobierno Central facilitar a 10s propietarios de vehiculos de motor el pago del
derecho de circulacihn a1 mismo costo de aiios anteriores.
VISTA: La Ley
No.241,
sobre Transito de Vehiculos,
HA
DADO LA SIGUIENTE LEY
Articulo 1.- Se modifica el Articulo
9
de la Ley
No.241,
sobre Transito de Vehiculos, de
fecha
28
de diciembre del aiio
1967,
modificado por la Ley
No.56-89,
del
aiio
1989,
y por
el Articulo
32
de la Ley
No. 495-06,
de fecha
27
de diciembre del aiio
2006,
para que en lo
adelante rija de la siguiente manera:
"Articulo 9.- Se establece un impuesto anual sobre derecho de circulacihn de
vehiculos de todo tipo, de acuerdo a la tarifa siguiente:
a) Los vehiculos con mas de cinco
(5)
aiios
de fabricacihn pagaran como
derecho de circulacihn la suma de mil doscientos pesos
(RD$1,200.00);
b) Los vehiculos con cinco
(5)
aiios
o
menos de fabricacihn pagarin como
derecho de circulacihn la suma de dos mil doscientos pesos
(RD$2,200.00);"
Parrafo Transitorio:
A
10s contribuyentes que hayan efectuado el pago de derecho de
circulacihn, segun las tarifas establecidas en la Ley
No. 495-06,
la DGII devolvera

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