Ley Nº 256. Ley que Autoriza a las Personas que Reciben Pension del Estado, a Beneficiarse de la Ley de Prestamos Bancarios.
Número de registro | 3274028 |
Número de Ley | 256 |
Fecha de disposición | 26 Abril 1940 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1940 |
Número de Gaceta | 5448 |
COLECCION
DE
LEYES,
DECRETOS
81.-
1874.
129
-
__
._
sabiendas,
6
ocultado
B
alguno
de
estos
profugos,
sera
juzga-
do
por
el tribunal competente
y
condenado
de
uno
5
einco
a-
iios
de prision.
Art.
41’
El
presente decreto abroga toda
ley,
decreto
6
disposicion
que
le
sea
contraria,
y
sera ejecutado
d
diligencia
de
10s
Ministi-os de lo Interior
y
de Guerra, en la
parte
que
les concierna.
Dado
en el Palacio Nacional de Santo Doming0
6
ios
10
dias del mes de Noviembre de
1874,
aiio
31
de
ia
Independen-
cia
y
12
de
1:~
Restauracion.-
Ignacio
M.
Gon&lez.--Refren-
dado:
El
Ninistro de
lo
Interior
y
Policia,
E’iseo
G~-LI~~oII.-
Refrendado:
El
Ministro de
Guerra
y
Marina,
nueva.
N6m.
1341.-DECRETO del
J.
S.
prohibiendo
poi-
particulares, .de
armas
J’
pertrechos de
ia
importxion
gueri-a.
5
Dios,
Patria
y
1,iLertad.- Rep6blica Dominic~ina.-lgiir-
cio
Maria
Gonztilez, Presidente
de
la
Ikp6blica
J,
por
la
voh-
tad
de
10s
pueblos, encargado del Foder Supremo de la Nacion.
Considerando
:
QLR
Is
ini,?ortacion
y
lime
venta
de aimas
cle guerra constituyen
kin
peligro
para el
orden
ptiblico,
y
puc-
de
ser
de
graxe
perjuicio
para
la
trm;uilid:id
del
prtis.
Considerando
que
la importacjcn de dicha.:
iii-irns
p:ttdc.
dar
mirgen
k
abusos,
cubriciido
bajo apariencins
de
lexalidati
X~~JS
perjutliciales contra naciones
amigas.
En
uqo
de
las
facultades de
clue
estoy ini~
tido;
y
ds
LL-
cueido
con
el
iJarecer
del
Consejo
de
S
etarioy
(le
E-,‘rad~~,
DE,CCLT\/:
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