Ley Nº 314. Ley sobre Transcripcion Obligatoria de Actos Entre Vivos Traslativos de Propiedad Inmobiliar.
Número de registro | 3274082 |
Fecha de disposición | 26 Julio 1940 |
Número de Ley | 314 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1940 |
Número de Gaceta | 5485 |
238
COLECCION
DE
LEYES, DECRETOS
&--1855.
Art.
90.
El pk'sente Reglamento sera impreso, publicado
y
circulado
h
diligencia del Secretario de Estado en
10s
Des-
pachos de lo Interior, Policia
y
Agricultura.
Dado
y
firmado en la Sa'la Gobierno en la ciudad de
Santo Domingo, Capital de la Reptiblica,
B
10s
14
.dias de
52-
tisrnbre de
1855,
y
12~.
de la Patria.-El Vice-Presidente de la
Repitblica, Encargado del Poder Ejecutivo, Manuel de
R. Mo-
ta.-El Ministro de Justicia, Instruccion Pitblica
y
Relaciones
Exteriores-J.
N.
Tejera.-Ell Ministro de lo Interior, Policia
'
y
Agricu1tura.-Miguel
y
Com@rcio.-Manuel
J.
Marina.-A. Alfau.
Lavastida.-El Ministro de Hacienda
De1monte.-El Ministro de Guerra
y
Nbm. 412.-DECRETO del
P.
E.
mandando que la corres-
pond'encia particular sea conducida por
10s
postas
del
correo oficial.
(1).
Dios, Patria
y
Libertad.-Reptiblica Dsminicana.-Ma-
nud de IRegla Mota, Vice-Presidente de
la
Repfiblica,
Encar-
kado del Poder Ejecutivo.
Considerando: que aunque 'el servicio del correo no oficial
debe hacerse, segun lo dispuesto
por
el
decreto del Congreso
Nacional fwha
8
de Abril de
1853,
por individuos de la guardia
civica; como quiera que la mayor parte
de
dichos individuos
pertenecen
B
la clase agricultora, parece conforme
B
)la
equi-
dad, en vista
de
10s
estragos causados en
10s
campos por el hu-
racan del
26
del pr6ximo pasado, acordar'les
el
tiempo necesa-
rio
para ocuparse tanto en la limpieza de sus fabranzas, cuan-
to
en
la
de llos caminos, que en la actualidad se hallan obstrui-
dos
y
ocasionan retardo en el servicio de correos.
Oido el Consejo de Swretarios de Estado,
y
el dicthmen
dol (Senado Consultor,
HE
VENIDO EN DECRETAR
Y
DECRETO:
Art.
19.
Por
ahora,
y
hasta nueva disposicih, la corres-
pondencia particular serh conducida por
10s
postas del correo
oficial,
ii
cuyo
efecto las cartas se dep'ositariin segun costumbre,
---
(1)
V.
ntim.
299.
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