Ley Nº 321-04. Ley que Aprueba el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Publicos para el Año 2005 y su Addendum, Ascendente Al Monto de Rd$206,593,893,122.00

Fecha de disposición31 Diciembre 2004
Número de Ley321-04
Fecha de publicación16 Agosto 2004
Número de registro3339674
EmisorDIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO.
Número de Gaceta10304
-43-
Ley No. 321-04 que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Publicos para
el ano 2005 y
su
Addendum, ascendente a1 monto de RD$206,593,893,122.00.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de
la
Republica
Ley No. 321-04
VISTO
el Articulo
37,
Acapite
12,
de la Constitucihn de la Republica
HA DADO LA
SIGUIENTE LEY:
DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y LEY DE GASTOS PUBLICOS PARA EL
AN0 2005 Y SU ADDENDUM, AMBOS ASCENDENTES AL MONTO DE
DOSCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTIDOS PESOS OR0
DOMINICANOS
(RD$206,593,893,122.00).
-44-
PRIMERA PARTE
CONTENIDO DE LA LEY DE PRESUPUESTO
ARTICULO
1.
Se aprueba la estimacihn de ingresos corrientes y de capital, del Gobierno Central para el
aiio 2005 en la cantidad de RD$154,513,016,204.00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Mil
Quinientos Trece Millones Dieciseis Mil Doscientos Cuatro Pesos con OO/lOO), destinados
a atender 10s gastos que se fijan en el Articulo 6 de esta ley, de acuerdo con el resumen que
se indica a continuacihn y a1 detalle del Presupuesto de Ingresos por fuente de
financiamiento en el Anexo No. 1.
Ingresos Corrientes RD$151,826,000,149
Ingresos de Capital RD$ 2.687.016.055
Total Ingresos RD$154,5 13,O 16,204
ARTICULO
2.
Los ingresos que perciba el Gobierno Central por cualquier concept0 se acumularan en el
Fondo General de la Nacihn (Fondo 100).
PARRAFO I.-
Se exceptuan de esta disposicihn 10s ingresos generados por las Leyes Nos.
370 y 196, de fechas 22 de octubre de 1968 y 21 de septiembre de 1971 (FONDO 1644),
respectivamente; 10s ingresos que genere la Ley No. 379, de fecha 11 de diciembre de 1981,
sobre Pensiones y Jubilaciones de funcionarios y empleados publicos (FONDO 1796); 10s
ingresos provenientes de la Ley No. 91, de fecha 3 de febrero de 1983, sobre la venta de
sellos especiales del Colegio de Abogados (FONDO 1860); 10s ingresos provenientes de las
tarifas del cobro de 10s servicios que preste el Instituto Postal Dominicano, segun el
Articulo 11 de la Ley No. 70, de fecha 29 de octubre de 1986 (FONDO 1909); 10s ingresos
provenientes del Diferencial de 10s Derivados del Petrhleo (FONDO 1954); Ley No. 112,
del lro. de noviembre del 2000; el 10% de 10s ingresos internos (excluyendo 10s fondos
especializados con anterioridad a1 6 de octubre del 2003) para 10s Ayuntamientos del pais
(FONDO 1955); Ley No. 166, de fecha 6 de octubre del 2003; 0.25% de 10s ingresos
correspondientes a1 Fondo General (100) para 10s Partidos Politicos (FONDO 1956); Ley
No. 275, del 21 de diciembre de 1997; 10s ingresos provenientes del 30% de la prima de
Phlizas de Seguros (FONDO 1958); 10s ingresos generados por el pago de peajes (FONDO
1961) Ley No. 278, del lro. de marzo del 1972; 10s ingresos provenientes del 50% de las
recaudaciones de Bancas de Apuestas (FONDO 1963); 10s ingresos que genere la Ley No.
158-01, del 9 de octubre del 2001, para la promocihn de la Republica Dominicana en el
exterior (FONDO 1970); 10s ingresos del 8% de 10s impuestos selectivos a1 tabaco y a 10s
cigarrillos (FONDO 1972) Ley No. 168, de fecha 18 de octubre del 2001; 10s ingresos para
el Foment0 de la Industria Lechera (FONDO 1973) Ley No. 180, del 10 de noviembre del

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