Ley Nº 349. Ley que Ordena Transferencia Dentro del Fondo General de la Ley de Gastos Publicos para el Año 1976

Número de Ley349
Fecha de publicación01 Enero 1976
Número de registro3302692
Fecha de disposición28 Marzo 1976
Número de Gaceta9400
456
COLECCION
DE
LEYES, DECRETOS,
&.-1858
Niim .
526
.-CONSTITUCION Politica.
En
el nombre de Dios, Autor y Supremo Legislador del
Universo
.
Nosotros
10s
Representantes del pueblo dominicano, reunidos
en Congreso Soberano Constituyente, deseando corresponder
Q
las esperanzas de nuestros comitentes en &den
B
asegurar la in-
dependencia nacional, consolidar la union, promover la paz y
se-
guridad domksticas, establecer el imperio de la justicia y dar
a
la persona,
Q
la vida,
a1
honor,
Q
la libertad,
Q
la propiedad
y
zi
la
igualdad de
10s
dominicanos, las mas s6lidas garantias, orde-
namos y decretamos
la
siguiente
.
CONSTITUCION
TITULO
I
SECCION PRIMERA. -Del territorio .
Art.
19
El territorio de la Repiiblica comprende todo
lo
que
antes se llamaba parte espaiiola de la isla de Santo Domingo,
y
sus islas adyacentes. Los limites estipulados en el tratado de
Aranjuez de
3
de Junio de
1777,
que
lo
dividian de la
parte
fran-
cesa
hasta 1793, quedan definitivamente fijados .
§
iinico. Ninguna parte del territorio de la Repiiblica podrQ
ser jamas enajenada.
Art.
29
El territorio de la Repbblica
se
divide en tres De-
partamentos, que son: Seybo, Ozama
y
Cibao.
Se
subdividen en
cinco provincias
y
6stas
en
comunes;
cuyos limites, divisiones y
subdivisiones serQn objeto de una ley.
Art.
39
La ciudad de Santiago de
10s
Caballeros es la Capi-
tal de la Repbblica y el asiento del Gobierno.
~
SECCION SEGUNDA .-De la nacion
.
Art.
QQ
La
nacion dominicana es para siempre esencial e
irrevocablemente libre, independiente y soberana, y no es ni se-
rB
nunca el patrimonio de ninguna familia
ni
persona.
Los
fun-
cionarios pbblicos, investidos de cualquiera autoridad, son agen-
tes de la nacion
y
responsables
8
ella de su conducta ptiblica.
COLECCION
DE LEYES,
DECRETOS,
&.-1858
457
TITULO
11.
SECCION PRIMERA .-De 10s dominicanos.
Art.
59
Son dominicanos:
IQ
Todos
10s
que gocen de esta cualidad
a1
publicarse la
presente Constitucion.
29
Todos
10s
nacidos en el territorio de la Repitblica de pa-
dres dominicanos y
10s
hijos de 6stos.
39
Todos 10s nacidos en el territorio de la Republica. de pa-
dres dominicanos que, habiendo emigrado, vuelvan
B
fijar
su
residencia en
61.
49
Todos
10s
espaiioles dominicanos
y
sus descendientes que,
habiendo emigrado en
1844,
no hayan tomado las armas con-
tra
la Republica ni
la
hayan hostilizado de modo alguno,
y
vuel-
van
4
fijar
su
residencia en ella.
59
Todos
10s
descendientes de oriundos de la parte Antes es-
paiiola, nacidos en pais extrangero, que vengan
8
fijar
su
re-
sidencia en la Republica.
69
Todos 10s nacidos en el territorio dominicano, de padres
extrangeros, que invoquen esta cualidad cuando llleguen
a
su ma-
yor edad.
Art.
69
Podran
ser
dominicanos por naturalizacion, todos
10s
extrangeros pertenecientes
5
naciones amigas, que fijen su domi-
cilio
en
el
territorio de la Repitblica, y hayan declarado, con
un afio de antelacion, querer gozar de esta cualidad.
Art. 79
La
ley arreglara el goce, la p6rdida y suspension de
10s
derechos civiles y politicos.
cc
Art.
89
Son deberes de
10s
dominicanos:
19
Acatar la Constitucion y las leyes, y respetar
y
obedecer
Q
las autoridades establecidas por ella.
20 Contribuir
a
10s
gastos pfiblicos.
39 Servir
y
defender la patria.
49
Velar por la conservacion de las libertades piiblicas.
Art. 99 Todos
10s
extrangeros, pertenecientes
B
naciones
a-
migas, seran admitidos en el territorio de la Repiiblica. Goza-
r8n
en
sus
personas y propiedades de la misma seguridad que
10s
dominicanos; estando, como estos, sometidos
B
las leyes y au-
toridades del pais,

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