Ley Nº 4412. Tarifa de Costas Judiciales

Número de Ley4412
Número de registro3273230
Fecha de disposición08 Junio 1904
Fecha de publicación01 Enero 1904
Número de Gaceta1545
-244-
PROMULGO la presente
Ley
y
mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para
su
conocimiento
y
cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la
Rep~blica Dominicana, a 10s .once
(11)
dias del mes de matzo del
aiio
mil novecientos
noventa
y
siete,
aiio
154
de la Independencia
y
134
de la Restauraci6n.
Leone1 Fernhdez
Ley
No.
58-97 que concede una pensih mensual del Estado en favor del Dr. Manuel
Rolando Contin
Cuesta.
(G.
0.
No.
9950,
del
31
de marzo de 1997).
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de
la
Reptiblica
Ley
NO.
58-97
CONSIDERANDO:
Que el Doctor Manuel Rolando Contin Cuesta labor6
en
distintas dependencias de la administraci6n p~blica, desde diciembre de
1947
hasta
febrero de
1967.
CONSIDERANDO:
Que el Doctor Contin Cuesta, de cincuenta
y
seis
(56)
aiios
de
edad,
padece de reumatismo poliarticular
y
se encuentra incapacitado para el
trabajo productivo
y
carece
de recursos para atender
sus
necesidades de sostenimiento
y
gastos mkdicos.
VISTO
el Articulo
10
de la
Ley
No.
379.
del
11
de diciembre de
1981,
sobre
Pensiones
y
Jubilaciones Civiles del Estado.
HA
DADO LA SIGUIENTE
LEY
Articulo 1.-
Se concede una pensib del Estado,
por
la suma de cinco mil
pesos
or0
(RD$5,000.00)
mensualmente, en favor del Doctor Manuel Rolando Contin
Cuesta.
Articulo
2.-
Dicha pensi6n ser6 apagada con cargo
al
Fond0 de Pensiones
y
Jubilaciones Civiles del Estado
de
la
Ley
de Gastos Ptiblicos.

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