Ley Nº 50-88. Sobre drogas y sustancias controladas de la republica dominicana.
| Fecha de disposición | 30 Mayo 1988 |
| Fecha de publicación | 01 Enero 1988 |
| Número de Ley | 50-88 |
| Número de Gaceta | 9735 |
5
Ley
No.
50-88
sobre Drogas
y
Sustancias Controladas
de
la
RepGblica Dominicana
c
EL
CONGRESO
NACIONAL
En
Nombre de la RepGblica
Ley
No.
50-88
CONSIDERANDOr
Que el Articulo 5 de la Constituci6n Dominicana establece
que el territorio
de
la RepGblica Dominicana estg integrado por la parte
oriental de la isla de Santo Doming0
y
sus
islas adyacentes,
y
sus
llmites
terrestres est5n fijados por el Tratado Fronterizo de
1929
y
su
Protocolo de
Revisi6n de
1936,
siendo tambign parte del territorio nacional,
el
mar
territorial, el suelo
y
subsuelo submarinos correspondientes, asi como el
espacio agreo comprendido sobre ellosr
CONSIDERANDO:
Que la Ley No. 168 de fecha
12
de mayo
de
1975,
que
regula la importacih, fabricacih, venta, distribuci6n
y
us0 de las drogas
narctiticas resulta ineficaz en
10s
momentos actuales como instrumento legal
para prevenir
y
reprimir el tr6fico y consumo illcitos de drogas peligrosas,
para el control de las mismas
y
de las sustancias indispensables para
su
fabricaciGn, as: como para rehabilitar a
10s
usuarios de dichas drogast
CONSIDERANDO:
Que la magnitud del problema del tr6fico
y
consumo
ilicito de drogas alcanza en la actualidad, proporciones dram6ticas
y
alarmantes,
y
nuestro pais es utilizado como puente internacional?
CONSIDERANDO:
La
necesidad de que se categoricen
y
codifiquen
10s
productos quimicos b6sicos
y
esenciales en que se apoya el negocio
internacional del tr6fico y consumd illcito de drogas
y
sustancias
sicotrGpicas, en relaci6n con
10s
niveles de peligrosidad resultantes de
su
us0
y
destino frecuentes
y
tomando en cuenta que no todas las drogas que
requieren control legislativo son narc6ticasr
CONSIDERANDOr
Que las grandes sumas de dinero que se manejan en el
tr5f
ico y consumo illcitos de drogas peligrosas
,
apoyadas
en
bien organizadas
campaiias publicitarias, ejercen una abierta, malsana
y
negativa influencia a
la parte sana de la sociedad, principalmente a la juventud, que es factor
esencial del desarrollo de
10s
pueblos1
CONSIDERANDO:
Que es indispensable crear centros contralados por el
gobierno dominicano destinados a la destoxificaci6n y rehabilitaci6n de
10s
individuos considerados adictos
o
f5rmaco-dependientes, en funci6n de que, a
diferencia de
10s
ya existentes, se carece de las condiciones necesarias pars
el establecimiento de
6s
centros privados dedicados a estas actividades a
largo plazor
I
I
6
CONSIDERANDO:
La urgente necesidad de que
se
coordinen
las
capacidades
y
recursos disponibles para la ejecuci6n de actividades, programas y proyectos
de
las
diferentes instituciones que luchan en contra del abuso de
las
drogas,
para
la
implementaci6n de una estrategia y campaEa nacional contra el consumo
y
trdfico de drogas y sustancias controladas en
la
Repiiblica Dominicanat
CONSIDERANDO:
Que
es
alarmante la cantidad de extranjeros que son
sorprendidos en trsfico, posesih, consumo y us0 ilicitos de drogas
peligrosas, en violaci6n
a
las
costumbres y tradiciones
de
nuestro pueblo, a
la actual Ley
No.
168,
as:
como
a la
Ley
No.
95, sobre Inmigraci6nt
*
CONSIDERANDO:
Que
en
la
actual Ley No. 168 no est6n clasificados ni
subsecuentemente enumerados,
10s
delitos relacionados con las drogas, ni
tampoco estdn delimitadamente claras
las
sanciones penales y pecuniarias
que
han de impongrseles tanto
a
pattocinadores; traficantes, intennediarios,
distribuidores
o
vendedores,
lo
mismo
que
a
10s
usuariost
CONSIDERANDO:
Que
la denominacih "drogas narc&icas", como
se
consigna
en la Ley No. 168, vigente,
es
muy confusa, simple y limitativa, y que toda
tipificaci6n de
la
conducta prohibida del hecho
ilzcito
debe ser concreta,
precisa, amplia, inteligible y, sobre todo, clarat
1)
VISTA
la Ley
No.
168, de fecha
12
de mayo de 1975, que regula
la
.
Importaci6n, FabricaciGn, Venta, Distribuci6n
y
Us0
de
las
Drogas Narc6ticast
VISTAS
las Leyes, Reglamentos y Decretos sobre Drogas, anteriores
a
la
Ley
No.
168, de 19751
VISTA
la Ley
No.
95, sobre InmigraciGn,
del
1939t
VISTA
la
Ley No. 573, de fecha
16
de abril de 1977, sobre Mar
Territorial, Zona Contigua, Zona Econ6mica Exclusiva y Plataforma Continentalt
VISTAS
las
Leyes
Nos.
5439, de
1915,
y sus modificagiones, sobre Libertad
Provisional Bajo Fianza,
la
Ley
No.
164 de 1980, sobre Libertad Condicional, y
*
la Ley No. 223, de 1984, sobre
el
Perd6n Condicional de la Penat
VISTOS
10s
Articulos
1,
2,,
3,
6,
7,
11,
18,
21,
23,
39,
40,
56, 57, 58
y
59 del C6digo Penal Dominican0 y
10s
Artzculos 32 a1 43 del C6digo de
Procedimiento Criminal.
HA DADO
LA
SIGUIENTE
LEY
t
CAPITULO
I
7
TITULO
Y
DEFINICIONES
Articulo
1.-
Esta
Ley
se denominars como
Ley
sobre Drogas
y
Sustancias
Controladas de la RepGblica Dominicana.
Articulo
2.-
Las palabras
y
frases definidas
en
eate articulo tendrsn
el
significado que se expresa a continuaci6n, a. menos que del texto de la
Ley
se
desprenda otro significado.
ACAPITE
I.-
Adicci6n. Significa
un
patr6n de conducta por
el
us0
compulsivo de una sustancia, caracterizado por agobiante afecci6n por el us0
del fdrmaco, la necesidad de conseguirlo
y
una gran tendencia a recaer despugs
de su supresidn.
ACAPITE
11.-
Adicto
o
Fdrmaco-Dependiente. Toda persona que usa
habitualmente
un
estupefaciente
o
sustancia peligrosa, con riesgo de poner en
peligro su moral, salud, seguridad
y
bienestar,
gue
haya adquirido la adicci6n
o
dependencia perdiendo el auto control sobre ese hGbito, constituyendo as:
una amenaza para la sociedad.
ACAPITE
111.-
Administrar. Suministrar tratdndose de medicamentos,
aplicarlos, darlos
o
hacerlos tomar. Se entiende por esto, la aplicacidn
directa a1 individuo, de una sustancia controlada
o
bajo rdgimen
de
prohibici6n legal, sea por inyecci6n, inhalacih, ingesti6n
o
por cualquier
otro medio de ingreso a1 organismo.
ACAPITE
1V.-
Amapola Adormidera
(Opium
poppy). Planta de la especie
Papaver Somnif erum
L.
,
exceptuando sus semillas.
\
ACAPITE
V.
-
Comercializaci6n. Se entiende por comercializaci6n las
transacciones comerciales ilegales, compra, venta,, entrega, recepcih,
internacidn
y
exportacidn de estupefacientes
y
sustancias controladas, bajo
regimen de prohibicidn legal.
.r,
ACAPITE
VI.-
Comercializacih Ilegitima.
Es
cuando el sujeto activo,
estando autorizado para comercializar
o
transportar sustancias controladas,
les
d&
un us0 ilegitimo.
ACAPITE
VI1.-
Comercializaci6n Ilicita.
Es
cuando el sujeto activo no
tiene autorizaci6n debida para comercializar
o
transportar sustancias
controladas que esten bajo el rdgimen legal de
la
prohibicih.
4
ACAPITE
VII1.-
Consumo. Se entiende
por
consumo
el
us0 esporddico,
peri6dico
o
permanente de sustancias controladas que est&
bajo
el regimen
legal de
la
prohibici6n,
y
que
encierren
el
peligro de la dependencia.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.