Ley Nº 5141. Ley que Concede Un Plazo de Dos Años a la Empresas Agricolas para Acojerse a la Ley de Franquicias del 26 de Junio de 1911
Fecha de disposición | 27 Julio 1912 |
Número de Ley | 5141 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1912 |
Número de registro | 3263666 |
Número de Gaceta | 2317 |
198
COLECCION DE
LE
YES,
DECRETOS
&.--1891.
Nlim. 1102.-RESOLUCION del
P.
de
la
R. corlwdiendo
6
la
Sociedad “Caridad”,
funrladora
del RospitaI “San Rafael”,
el
derwho de barcas sobre el
rio
Yaque, por cincuenta
aiios.
Dios, Patria
y
Libertad.-Repliblica Dominin,ana.-Ulises
Heureaux.-General de Divisi6n en Jefe del Ejeirito Nacional,
Pacificador de
la
Patria
-
y
Presidente Constitucional de
la
Re-
pliblica.
Por cuanto
el
se5or
U.
Franco Bid6, Presideyte de la So-
ciedad “Caridad,” establecida en Santiago de los Caballeros, se
ha dirigido
a1
Poder Ejecutivo, por 6rgano del Ministerio de
Fo-
mento
y
OGbras Publicas,
B
nombre de ckhs Socledad, en fecha
14 del corriente mes, solicitando derechr,
exclusive
para el ser-
vicio de barcas sobre el rio Yaque, por el t4rmico de cincuenta
aiios, desde el paso conocido con el nombre de “Pastor” hasta
la
desembocadura del rio “Gurabito”,
para.
el scstenimiento del
Hospital denominado “San Rafael,” fundado
poi-’
dicha
.
socie-
dad
;
Considerando: que el fin que se propone la S,.ciedad, es
6
todas luces laudable
;
por cuanto en aquel establscimiento encon-
trara
la clase desvalida
10s
elementos para la
virla;
Considerando
:
que
10s
Gobiernos sensatos deben favorecer
por
todos
10s
medios
a
su
alcance toda ohra que,
como
la presen-
te, redunda en beneficio de
10s
indigentes
;
Oido el Consejo de Secretarios de
Estario,
RESUELVE
:
19
Conceder,
como
por
la
presente coilcede.
5
la Sociedad
“Caridad,” fundadora del Hospital “San Rafael‘’,
el
derecho de
barcas sobre el rio Yaque, por cincuenta alios, dcsde el paso
co-
nocido con el nombre de “Pastor” hasta la desenibocadura del
rio Gurabito, para sostenimiento de dicho Hospital.
29
La Sociedad se compromete
ii
dejar establecido el
ser-
vicio de barcas en el paso de
10s
“Borbones,”
en
id!
thrmino de
tres meses,
6
contarse de la fecha de
la
presente ttesoluci6n
;
en
el de
“Otra
Banda”,
un
aiio despuCs
y
en
10s
dern6s
lugares
comprendidos entre
10s
puntos sefialados en el articulo 10, ser6n
estableeidos cuando la necesidad del paso. del ric. sea reclamatla
por el aumento del vecindario.
39
El servicio de barcas de la Sociedad
sera
gratuito para
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