Ley Nº 520-14. Ley que Prorroga por Noventa (90) Dias el Plazo Dispuesto en la Ley No. 169-14, que Establece Un Regimen Especial para Personas Nacidas en el Territorio Nacional Inscritas Irregularmente en el Registro Civil Dominicano.

Fecha de publicación01 Enero 2014
Fecha de disposición30 Octubre 2014
Número de Ley520-14
Número de registro3372678
Número de Gaceta10780
-115-
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Ley No. 520-14 que prorroga por noventa (90) días el plazo dispuesto en la Ley No.
169-14, que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio
nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano. G. O. No. 10780 del
3 de noviembre de 2014.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 520-14
CONSIDERANDO PRIMERO: Que resulta prioritario para la presente Administración
del Estado, en cumplimiento de la Ley General de Migración No.285-04, de la Sentencia
No.168-13 del Tribunal Constitucional y de la Ley No.169-14, desplegar todos sus
esfuerzos a fin de que la compleja problemática de la migración en la República
Dominicana se encause por senderos de institucionalidad, a fin de atender las imprevisiones
y deficiencias institucionales de las que históricamente hemos padecido en la materia.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que es de alto interés para el Estado dominicano el
registro y regularización migratoria de los descendientes de padres extranjeros en condición
migratoria irregular que, habiendo nacido en el territorio nacional, no figuran inscritos en el
Registro Civil.
CONSIDERANDO TERCERO: Que mediante la Ley No.169-14, promulgada el día 23
de mayo del año 2014, se estableció un mecanismo para el referido registro y
regularización de los descendientes de padres extranjeros en condición migratoria irregular.
CONSIDERANDO CUARTO: Que llegando al fin del referido plazo, no obstante los
grandes esfuerzos desplegados y los recursos invertidos por el gobierno dominicano para
lograr la plena implementación de la Ley No.169-14 y su Reglamento de Aplicación
No.250-14, el número de personas que se ha registrado al amparo de esta legislación ha
sido muy reducido.
CONSIDERANDO QUINTO: Que el plazo contenido en la presente ley procura dar
oportunidad a dichas personas para que soliciten el registro y regularización migratoria que
la misma contempla, de modo que los propósitos que le dieron razón de ser a esta
legislación puedan cumplirse cabalmente.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana proclamada el 26 de enero del año
2010, publicada en la Gaceta Oficial No.10561, del 26 de enero de 2010.
VISTA: La Ley No.169-14, del 23 de mayo de 2014, que establece un régimen especial
para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el Registro Civil
dominicano y sobre naturalización.

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